Suspenden las obras de relleno del Rio de la Plata para construir una playa artificial
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Martin Converset suspendio mediante una medida cautelar las obras de relleno del Rio de la Plata para construir alli una playa artificial conocida como "BA Playa", en el marco de la obra
La iniciativa de la playa artificial se ubica en la Costanera Norte, frente a la zona delimitada por Tierra Santa y Aeroparque, y, según denunció la Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires y un grupo de organizaciones ambientalistas y no gubernamentales, "consiste en rellenar el Río de la Plata para crear un nuevo espacio público cubierto de arena para dar una morfología de playa pública"
"El relleno será de 2,5 hectáreas y la obra finalizada totalizaría unos 30.000 metros cuadrados (tres hectáreas) de superficie de uso de playa", explicaron los amparistas. La acción judicial se basó en que el nuevo relleno significa "una violación al Plan Urbano Ambiental", aprobado en 2008, que establece que se debe "preservar el perfil y/o silueta costera de los rellenos existentes"
"A los fines de transformar o desafectar un espacio determinado de la ribera del Río de la Plata –bien de dominio público natural– en un parque público de tres hectáreas de superficie y con capacidad de hasta 6.000 personas, que funcionará como una playa pública se requiere, necesariamente, la debida intervención de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires", subrayó el fallo del juez Converset. "No se puede tener por facultado al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a proseguir con las obras en cuestión en el espacio denominado BA Playa hasta tanto la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires subsane las deficiencias apuntadas", añadió el magistrado. Además, el juez destacó que el Gobierno porteño no puso "en conocimiento del Estado nacional las obras a realizar sobre la ribera del Río de la Plata a efectos de evitar futuras y eventuales responsabilidades", por lo que no está claro "si el proyecto puede producir perjuicio sensible, al interés de la navegación de la otra Parte o al régimen del Río". "Así las cosas, de acuerdo a los principios legales y constitucionales, dentro del acotado marco de conocimiento propio de esta clase de medidas y en el preliminar estado del proceso, (…), corresponde acceder al otorgamiento de la medida cautelar solicitada", sintetizó la resolución. NE/KDV NA
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