Por primera vez la querella acusara en La Pampa en un juicio por vejamenes contra detenidas

La justicia pampeana informo que por primera vez en la provincia habra un juicio donde la acusacion es realizada por la querella y no por el Ministerio Publico Fiscal y sera por el caso de supuestos vejamenes a detenidas ocurridos el 13 de abril del

Argentina06 de julio de 2021 Agencia Télam
La justicia pampeana informó que por primera vez en la provincia habrá un juicio donde la acusación es realizada por la querella y no por el Ministerio Público Fiscal y será por el caso de supuestos vejámenes a detenidas ocurridos el 13 de abril del año pasado en una alcaidía de la policía provincial.
En esa ocasión una celadora de una alcaidía de la Seccional Sexta en Santa Rosa les habría exigido a ocho mujeres que estaban detenidas a que se quitaran hasta la ropa interior, que se bajaran las bombachas a la altura de las rodillas y que, estando semidesnudas, hicieran flexiones y tosieran o estornudaran de frente o de espalda, con el justificativo de que era el procedimiento habitual en las requisas.
Hoy el Poder Judicial informó a través de su oficina de prensa que por primera vez en la Provincia habrá un juicio oral donde la acusación surgió del querellante particular y no del Ministerio Público Fiscal.
Esta fue una de las principales novedades incluidas en el Código Procesal Penal de La Pampa cuando fue modificado el año pasado, ya que se trata de la conversión de la acción pública en privada y se lleva adelante a través del llamado procedimiento intermedio.
Al respecto la justicia pampeana informó que este procedimiento significa que en caso de que el Ministerio Público Fiscal aplique un criterio de oportunidad, disponga el archivo de las actuaciones, las desestime por inexistencia de delito o solicite el sobreseimiento del imputado.
En este caso, la acción pública se convierte en privada y el querellante particular queda habilitado para impulsarla ante un juez de control, quien debe habilitarla.
Luego que el Ministerio Público Fiscal desestimara la denuncia por entender que no se había cometido ningún delito -el legajo se abrió a partir de una nota periodística y luego ingresó una nota de la Secretaría de Derechos Humanos solicitando una investigación-, dos de esas mujeres, con el patrocinio del defensor oficial Martín García Ongaro, continuaron instando la investigación penal desde su condición de querellantes particulares y acusaron a la policía por el delito de vejaciones, severidades y apremios ilegales a personas que estuvieran bajo su custodia.
Ese delito prevé una condena de uno a cinco años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo.
En las últimas horas, con la presencia de la jueza María Florencia Maza, se cumplió con la audiencia de ofrecimiento de pruebas para el juicio, del que aún no se tiene fecha.
La defensora oficial sustituta, Carolina Muñoz, que reemplazó a García Ongaro porque debe asumir un cargo en la justicia federal, propuso la inclusión de voluminosa documentación y la citación de trece testigos, mientras que el defensor particular, Luciano Sacco, se opuso a la acusación y pidió el sobreseimiento de la celadora.
Con respecto a la prueba, propuso el llamado a declarar de diez personas, más un informe policial y la orden interna donde se establecen las funciones propias de la celaduría.
Al momento de resolver, la jueza Maza aceptó prácticamente todas las pruebas requeridas, declaró admisible la acusación de la querella, denegó el sobreseimiento y citó a las partes a juicio oral. (Télam)
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