Ratifican las facultades de control legal del Poder Judicial sobre organismos del Estado

La Camara Nacional en lo Comercial ratifico las facultades de "control legal y de constitucionalidad" del Poder Judicial sobre la actividad de organismos de la administracion publica, informaron hoy fuentes judiciales.

Política05 de julio de 2021 Agencia Télam
La Cámara Nacional en lo Comercial ratificó las facultades de "control legal y de constitucionalidad" del Poder Judicial sobre la actividad de organismos de la administración pública, informaron hoy fuentes judiciales.
Así lo consideró la Sala A de la Cámara al rechazar días atrás un recurso de la Inspección General de Justicia (IGJ) contra una resolución dictada el 19 de abril último, en la que mandó al organismo precisar "concretamente" el objeto de una investigación sobre una sociedad anónima.
A pedido de Aura Advertising S.A., el tribunal dispuso entonces que al IGJ detalle "todos los informes que se pretenden requerir, los libros y documentación que se desea examinar en sus facultades de fiscalización, requiriendo judicialmente -en caso- las concretas medidas de auxilio que fueren menester".
La IGJ impugnó ese fallo, argumentando que la decisión condicionaba lo resuelto en sede administrativa e implicaba "vulnerar las facultades de fiscalización e investigación" que al organismo le reconoce en la ley 22.315 de la que, expuso, "no se desprende" que esté obligada a lo que el tribunal le ordenó.
Agregó que, según la Constitución Nacional, "ninguna sede jurisdiccional, ni magistrado alguno, pueden requerir de la IGJ, dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, lo que la propia ley orgánica de tal organismo no requiere y que, de persistirse en ello, se configuraría un supuesto de "interferencia de poderes".
La Sala A de la Cámara expuso que no ignora la ley 22.315, pero que "es función propia del Poder Judicial el control legal y de constitucionalidad" y que "no hay medidas gubernamentales exentas por completo" de esa supervisión.
"La decisión adoptada por esta Sala guarda correspondencia con las facultades que le resultan propias como Tribunal a cargo de la dilucidación del recurso interpuesto por Aura Advertising S.A., atendiendo a los antecedentes de la causa y el derecho aplicable al caso", concluyeron los camaristas Héctor Chomer, María Elsa Uzal y Alfredo Kölliker Frers
(Télam)
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