Bancos deberan habilitar cuentas especiales para los fondos del Regimen de Incentivo a la Construccion

Las entidades financieras deberan habilitar una cuenta especial en pesos o dolares para ser utilizada exclusivamente por clientes que adhieran al Regimen de Incentivo a la Construccion Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

Argentina22 de abril de 2021 Agencia Noticias Argentina
Las entidades financieras deberán habilitar una cuenta especial en pesos o dólares para ser utilizada exclusivamente por clientes que adhieran al Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda. Así lo informó hoy el Banco Central, al indicar que las entidades tendrán la obligación de abrir las cuentas en las que solo se podrán depositar fondos incluidos en la declaración voluntaria de moneda presentada a la AFIP y que se destinen al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios en Argentina. El Régimen de Incentivo alcanza a proyectos inmobiliarios de obras privadas nuevas (construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros) y también a aquellas obras que, al momento de entrada en vigencia de la ley, posean un grado de avance de obra inferior a 50%
Los beneficiarios que adhieran podrán declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional, en el país y en el exterior. Esos fondos declarados podrán ser aplicados transitoriamente a la compra de títulos públicos nacionales e inmediatamente invertidos en los destinos que establece la ley. Las entidades financieras deberán informar a la AFIP los débitos y créditos que se efectúen en estas cuentas. JC/OM NA
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