Superior Tribunal de Rio Negro dejo sin efecto fallo que prohibio exploracion minera en El Bolson

El Superior Tribunal de Justicia de Rio Negro revoco un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolson que paralizo los trabajos exploratorios de mineria que la empresa Ivael Mining S.A. llevaban adelante en la zona andina de El Bolson.

Economía25 de octubre de 2023 Agencia Télam
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro revocó un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón que paralizó los trabajos exploratorios de minería que la empresa Ivael Mining S.A. llevaban adelante en la zona andina de El Bolsón.
En su momento, el Juzgado Multifueros había dispuesto la prohibición de avanzar con cualquier exploración, prospección, cateo o explotación dentro de tierras comunitarias hasta que el gobierno provincial finalice el proceso de consulta a la comunidad originaria "Ancalao".
Según la información oficial, el STJ -integrado por los jueces Ricardo Apcarian, Cecilia Criado, Sergio Barotto y Liliana Piccinini- argumentó que "el fallo de primera instancia se emitió sin tener un relevamiento que permita determinar si las tierras ocupadas por los pueblos originarios coinciden con las zonas que abarcan los permisos".
En este sentido, indicó que "la sentencia era contradictoria al aceptar que los estudios ambientales y demás actos administrativos realizados por el Ministerio de Ambiente provincial eran válidos, pero ordenaba su paralización".
El fallo del STJ advirtió que "el juez sustituto Marcelo Muscillo, previo a resolver, debió verificar que las tierras involucradas exhibían posesión comunitaria ancestral y que fueran aquellas donde la autoridad de aplicación tramitaba las autorizaciones y/o permisos mineros aquí cuestionados".
"Dicho error torna incoherente y arbitraria la decisión, toda vez que no es posible identificar cuáles son las prohibiciones, que permisos pueden -o no otorgarse y a quien debería efectuarse la consulta dispuesta", enfatizó el máximo tribunal provincial.
"El pronunciamiento impugnado se vuelve contradictorio al rechazar la invalidez de los actos administrativos emitidos por la autoridad competente en la materia y al mismo tiempo ordenar la suspensión", concluyó el Superior Tribunal rionegrino.

(Télam)
Te puede interesar
Populares

Suscríbete al Resumen diario de Noticias DESTACADAS. Es exclusivo y limitado