Corredores Viales: revocan procesamiento de Iguacel y ordenan profundizar investigacion

La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento que pesaba sobre el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad durante el gobierno de Cambiemos, Javier Iguacel, y ordenó profundizar la investigación en la que se lo acusa de haber

Política02 de marzo de 2023 Agencia Télam
La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento que pesaba sobre el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) durante el gobierno de Cambiemos, Javier Iguacel, y ordenó profundizar la investigación en la que se lo acusa de haber favorecido a un grupo de empresas al extenderles de forma irregular la concesión de siete corredores viales que atraviesan 11 provincias.
El fallo de la sala primera del tribunal de apelaciones beneficia también a otros dos exfuncionarios de la DNV y del Órgano de Control de Concesiones Viales (Occovi), Ricardo Stoddart y Pablo Belenky, respectivamente, a los que se le dictó la falta de mérito.
"Se advierte que las constancias del legajo no permiten sustentar, en forma clara y unívoca, que la actuación de los exfuncionarios en los tres tramos aludidos estuviese unida por una misma intención de beneficiar a los concesionarios y, por tanto, que los distintos actos administrativos emitidos por ellos formen parte de una única maniobra subsumible en el artículo 265 del Código Penal", sostuvieron los jueces.
"Desde nuestra perspectiva, el completo análisis elaborado por la procuraduría especializada, aunque pone de manifiesto una serie de posibles cuestionamientos al procedimiento de los trámites administrativos relevados, no permite visualizar -a pesar de las valoraciones que trasunta- la inserción de una finalidad espuria por parte de los funcionarios actuantes, que conecte los distintos eventos indicados con el tipo subjetivo del delito aplicado", sostuvieron Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi.
Para los jueces, el tipo penal por el que estaban procesados los exfuncionarios "reclama desviar indebidamente la voluntad de la Administración, lo cual necesariamente debe ir más allá de las decisiones administrativas vinculadas a situaciones coyunturales (como serían, en este caso, el incumplimiento generalizado de un concesionario y luego, el vencimiento del plazo de las concesiones), a fin de demostrar la intención de favorecimiento indebido hacia el propio autor o un tercero".
Los jueces del tribunal de apelaciones, recomendaron al juez Sebastián Casanello, quien instruye la causa, que avance con medidas que apunten a "la búsqueda de contactos entre los imputados y las firmas contratistas -comunicaciones y mensajes de telefonía, e-mails, registros, actas y/o documentos de audiencias o reuniones, etc.- que puedan despejar el interrogante vinculado a la presunta desviación de la voluntad administrativa en beneficio de aquéllas".
Cuando los procesó, Casanello afirmó que "Iguacel, con la asistencia de (el exjefe de jurídicos de Vialidad) Stoddart y (el ex director ejecutivo del Occovi) Belenky, se interesó en los contratos de concesión analizados en miras a beneficiar a las empresas concesionarias, actuando de manera contraria a la prevista normativamente".
Entre las empresas supuestamente beneficiadas por las concesiones extendidas de forma irregular se encuentra Paolini Hnos S.A., Vial Agro S.A., José Cartellone Construcciones Civiles S.A., y Helrport S.A., entre otras.
La causa se inició a raíz de la denuncia presentada por Ana María Graciela Aleña el 16 de agosto de 2019, en su carácter de Secretaria General del Sindicato Trabajadores Viales y Afines de la República Argentina.
En esa presentación, sostuvo que, a partir de determinados actos de funcionarios de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y del Ministerio de Transporte de la Nación, se habrían ampliado los plazos de los contratos de concesión de los Corredores Viales Nacionales de forma ilegal e irregular acción que, según su consideración, no solo había beneficiado a las respectivas empresas concesionarias, sino que también había perjudicado a la Administración Pública Nacional al privarle la posibilidad de obtener, con una nueva licitación, mejores condiciones de contratación.
Los hechos versan sobre las irregularidades vinculadas a la prórroga contractual dictada en el año 2016 mediante la que se adjudicó el corredor vial 7 al corredor vial 3; las relacionadas con las prórrogas extraordinarias dictadas desde el año 2017 en adelante en los corredores viales 1 al 6 y 8; y aquellas concernientes a la licitación bajo modalidad de participación público-privada (PPP), llevada a cabo desde el año 2018 en adelante.
Una de las hipótesis indicaba que las extensiones irregulares de las concesiones tuvieron por objetivo evitar la realización de nuevas licitaciones que redundarían en una demora para aplicar las PPP, que además le habrían implicado al Estados desembolsos más cuantiosos. (Télam)
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