Ordenan mantener afiliacion y brindar cobertura medica a jubilada y a su esposo

La justicia local anuló hoy una disposición de la Obra Social de Buenos Aires y le ordenó mantener la afiliación de un matrimonio y brindarle "la misma cobertura médica" que tenía antes de que la mujer se jubilara, informaron fuentes

Argentina02 de diciembre de 2019 Agencia Télam
La justicia local anuló hoy una disposición de la Obra Social de Buenos Aires (Obsba) y le ordenó mantener la afiliación de un matrimonio y brindarle "la misma cobertura médica" que tenía antes de que la mujer se jubilara, informaron fuentes judiciales.
El fallo fue dictado por la jueza en lo Contencioso Administrativo María Rosa Cilurzo, ante la demanda promovida por Mónica Graciela Giménez, una docente que, al obtener la jubilación, pidió que se le garantizara junto a su grupo familiar la permanencia “definitiva” como afiliada de Obsba.
La demandante se desempeñó durante una década como docente del Gobierno de la ciudad de Buenos Aries, lapso durante el cual tanto ella como su esposo recibieron las prestaciones médicas de la obra social.
A principios de 2019, antes de recibir el beneficio previsional, concedido a partir del 1 de marzo, a la docente se le avisó que sería excluida de la obra social por no reunir los 15 años de aportes que exigen las normas internas.
“Todo este tiempo tuve el convencimiento de que al momento de jubilarme continuaría con la misma obra social”, expresó Giménez en su demanda, en la que agregó que la decisión de la Obsba "la privaba a ella y su cónyuge de un servicio esencial como el de salud en el momento en que más lo necesitan".
Por su parte la Obsba remarcó el requisito de “antigüedad en los aportes” y afirmó que “no sería justo equiparar” a quienes aportaron “toda su vida” o “por más de 15 años” con quienes lo hicieron por menos tiempo.
No obstante, Cilurzo ponderó el "derecho a la salud implícito en el derecho a la vida", al que consideró como “fundamental” e “imprescindible para el derecho a la autonomía personal”.
La magistrada recordó que la Constitución Nacional impone al Estado "asegurar las acciones colectivas e individuales de promoción, protección, prevención, atención y rehabilitación, gratuitas, con criterio de accesibilidad, equidad, integralidad, solidaridad, universalidad y oportunidad”.
Cilurzo evaluó además que “la amparista tiene 62 años” y que su marido “está bajo tratamiento médico por una tendinitis aguda severa”. (Télam)
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