Vilma Ibarra destaco que es la Justicia la que debe definir eventual pena ante casos de reuniones

La secretaria Legal y Tecnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, afirmo hoy que es el propio Codigo Penal el que contempla sanciones en caso de incumplimiento de la prohibicion de realizar reuniones sociales en la actual fase de la cuarentena por la

Política05 de agosto de 2020 Agencia Télam
La secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, afirmó hoy que es el propio Código Penal el que contempla sanciones en caso de incumplimiento de la prohibición de realizar reuniones sociales en la actual fase de la cuarentena por la panademia de coronavirus, y señaló que "la mejor garantía" que existe para cualquier ciudadano o ciudadana ante una situación de este tipo es que "interviene un juez".
"Tenemos convenios internacionales y una Constitución donde nos autorizan a poder tomar medidas restrictivas proporcionales y temporarias para proteger la salud pública", remarcó la funcionaria en declaraciones formuladas esta mañana a la radio FM Metro 95.1.
En este sentido, al responder a quienes cuestionan la constitucionalidad de la prohibición de realizar reuniones sociales hasta el próximo 16 de agosto en todo el país, establecida por el Gobierno en el marco de las medidas para mitigar la propagación del coronavirus, Vilma Ibarra puso el acento en que "la mejor garantía que tienen los ciudadanos y ciudadanas pasa por la intervención de la Justicia en esos casos.
"Nosotros no creamos delitos. El juez debe determinar si se ha incumplido o no con el Código Penal, que ya está dictado. El Código tiene sus delitos previstos, uno de ellos el incumplimeinto de normas que las autoridades establezcan para evitar la propagacación de una epidemia, como dice el (artículo) 205", explicó Vilma Ibarra.
En ese marco, diferenció la herramienta del estado de sitio, para la cual -dijo- "no hay ninguna cuestión real objetiva" en la Argentina ni intención del Gobierno de recurrir a eso, de las medidas dispuestas por el Gobierno para hacer frente a la pandemia y evitar la propagación del virus, con el fin de "cuidar la salud pública", con los instrumentos previstos en "los convenios internacionales y la Constitución¨.
"Si hay penas, eso lo tiene que definir un juez; nosotros no creamos delitos", expresó la funcionaria.
En este punto, Ibarra dijo que la normativa vigente "autoriza a tomar medidas restrictivas proporcionales y temporarias para proteger la salud pública, y esto sucede con el derecho de reunión y el de trasladarse".
"Si alguien quiere viajar a Córdoba o Mendoza, te paran y te hacen hacer una cuarentena: eso no está en la Constitución y es una restricción al tránsito, medida que entendemos que es razonable, prudente y proporcionada porque cuida la salud pública" en el contexto de pandemia, argumentó. .
Además, sostuvo que, si los expertos que asesoran al Gobierno "nos dicen que (por las reuniones) se están produciendo la mayor cantidad de contagios, lo que decimos es que no se pueden hacer durante quince días".
"Argentina no necesita de un Estado policial, sino que nos expliquen lo que pasa, comprender y entender que, si esto no sucede y no cumplimos las normas, ponemos en peligro la salud pública", explicó la funcionaria.
No obstante, recordó que la prohibición de realizar reuniones sociales ya regía desde el 20 de marzo en el Área Metropolitana de Buenos Aires y que lo que hizo el presidente Alberto Fernández con el decreto publicado el domingo último fue hacer extensiva esa medida al resto del país por un plazo acotado, hasta el 16 de agosto próximo.
"El Covid-19 generó una situación en la que, para poder prevenir, lo único que queda es el aislamiento porque no se encontró otra forma, y entonces la situación ha tenido un impacto en el mundo, muy importante en las economías", sostuvo la secretaria Legal y Técnica.
Por último, Ibarra aseguró que el Gobierno es "consciente de que la situación es muy dura y que por mucho que se haga, no alcanza frente a un impacto de esta naturaleza". (Télam)
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