Ley de góndolas: ¿Qué dice el proyecto que envió Vidal a la Legislatura?

El texto de la norma en la nota.

Legislativas24 de abril de 2019 Redaccion GLP
Luego de los anuncios llevados a cabo en la Casa de Gobierno bonaerense, la gobernadora María Eugenia Vidal, giró un proyecto de ley al Senado bonaerense para asegurar la presencia de pequeñas y medianas marcas en las góndolas de los supermercados. En el texto del proyecto, se deja en claro que, para la elaboración del mismo, se tuvo en cuenta “la experiencia de países tanto de nuestra región como son los casos de Chile y Colombia, así como de otras regiones culturalmente diversas como España, el Reino Unido y Australia”.



Ahora, la iniciativa de la mandataria provincial deberá ser aprobada primero en el Senado y luego en Diputados. Este jueves se le dará ingreso formal y pasará a las comisiones de Legislación General, Comercio Interior y Presupuesto e Impuesto.

¿Cuál será el organismo encargado de controlar que se incluyan los productos en los supermercados?

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción provincial, comandado por Javier Tizado y habrá “un oficial de cumplimiento (...) que no podrá formar parte del área administrativa a cargo de la relación comercial con los proveedores”. En este sentido, se especifica que “la ubicación de la mercadería deberá ser rotada periódicamente, de manera tal que toda mercadería independientemente de su proveedor esté a una altura de visión horizontal, durante mismo tiempo”.

¿Cuáles serán las sanciones?

Se detalló que en caso de que Autoridad de Aplicación “tome conocimiento de cualquier incumplimiento de la misma, lo hará a la Autoridad Nacional de la Competencia y/o de Defensa del Consumidor”, que evaluará si los incumplimientos configuran infracciones a leyes nacionales.

Asimismo, se podrá decomisar mercadería y productos, clausurar los establecimientos o suspender el servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días “excepto en los casos que se trate de servicios públicos sujetos a la competencia de entes reguladores u otros organismos de control”. Además, la empresa que no cumpla con el código de buenas prácticas también podría quedar suspendida de los registros de proveedores del Estado, como así también “las concesiones, permisos, habitación, licencia, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare”.

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