Casacion avalo la investigacion penal de incumplimientos en la atencion a un niño con discapacidad

La Camara Federal de Casacion Penal considero que deben ser investigados como delitos penales los reiterados incumplimientos en los que incurrio una obra social, en la atencion de la salud de un niño que padece una gravisima afeccion neurologica que

Argentina24 de abril de 2019 Agencia Télam
La Cámara Federal de Casación Penal consideró que deben ser investigados como delitos penales los reiterados incumplimientos en los que incurrió una obra social, en la atención de la salud de un niño que padece una gravísima afección neurológica que pone en riesgo su vida, informaron hoy fuentes judiciales.
Así lo resolvió la Sala IV del máximo tribunal penal del país, al hacer lugar al planteo de una madre que inició en la provincia de Tucumán una querella penal contra una prestadora de servicios de salud por la falta de atención a su hijo adolescente, pese a un fallo judicial firme que le ordenaba brindarle asistencia.
Esa atención, que nunca se efectivizó, debía incluir prestaciones en el Instituto Fleni de la ciudad de Buenos Aires y los traslados vía aérea del menor de edad y de un adulto desde Tucumán.
"La Sra Daniela Alejandra Ponce -madre del menor- no sólo no recibió ninguna suma de dinero de lo adeudado por parte de la obra social, sino que, además, J. (el adolescente) tiene suspendidas todas las prestaciones que venía recibiendo por falta de pago, generando un grave retroceso en su tratamiento, todo lo que viene a acreditar la falta de voluntad por parte de la accionada de cumplir con la orden judicial", argumentó Casación en el fallo, al que hoy tuvo acceso Télam.
La prestadora de salud demandada es Acción Social de la Universidad Nacional de Tucumán (ASUNT), sobre la que había recaído en 2010 la orden de otorgar al menor "la cobertura prevista en la Ley 24.901", que establece el Sistema de Prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas discapacitadas.
Ante la persistencia en el incumplimiento de las prestaciones y el consecuente agravamiento del estado de salud del adolescente, su madre resolvió, con el patrocinio jurídico gratuito de la Defensoría General de la Nación, demandar penalmente a la obra social, lo que, ahora, quedó avalado por Casación.
El adolescente "tiene riesgo de vida en cuanto posee tumor de fosa posterior (astrocitoma pilocítico), recidiva tumoral e hidrocefalia obstructiva con tercer ventriculostomia endrocefálica y derivación ventrículo peritoneal con disfunciones valvulares a repetición", indicó el máximo tribunal penal.
Al fundar su decisión, dijo tomar en cuenta "la doble vulnerabilidad" que presenta el menor y "la afectación no sólo a su calidad de vida sino a su salud integral que implica la falta de cumplimiento de las prestaciones".
"Más que una simple obligación de abonar los importes que conlleve la atención de su dolencia, el presunto incumplimiento tardío, parcial o total de lo ordenado en el juicio de amparo podría tener consecuencias de singular repercusión toda vez que se encuentran en juego nada menos que el derecho a la salud y a la vida", afirmaron los camaristas en el fallo emitido el 12 de abril pasado. (Télam)
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