Mineros y camaras de rama cal y piedra acuerdan salarios para el trimestre junio-agosto

La Asociacion Obrera Minera Argentina y las empresas de la Rama Cal, Piedra y Afines acordaron hoy en el contexto de la emergencia sanitaria nacional los salarios que percibiran los trabajadores enrolados en el convenio colectivo 36/89

Argentina16 de junio de 2020 Agencia Télam
La Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y las empresas de la Rama Cal, Piedra y Afines acordaron hoy en el contexto de la emergencia sanitaria nacional los salarios que percibirán los trabajadores enrolados en el convenio colectivo 36/89 durante el trimestre junio-agosto, informó la organización sindical.
El titular del sindicato nacional, Héctor Laplace, explicó que "los trabajadores que realicen tareas habituales dentro o fuera del establecimiento (forma remota) percibirán hasta el 83% del total de la remuneración bruta que les hubiese correspondido este mes como suma no remunerativa".
En julio y agosto próximos percibirán el 80% del total de la remuneración bruta también de forma no remunerativa, y solo serán deducibles los aportes y contribuciones de obra social y cuota sindical, indicó el dirigente.
Los trabajadores que por estar inactivo el establecimiento -total o parcialmente- permanezcan en sus hogares o lugares de residencia habituales y sin realizar labores a distancia, cobrarán el 65% del total del salario de junio de manera no remunerativa y el 62% en los meses de julio y agosto.
Además, los operarios que tengan licencias legales y/o convencionales continuarán percibiendo los salarios normales y habituales; no será convocado a cumplir tareas el personal incluido en grupos de riesgo si el establecimiento se reactivara y cobrará el 83% del haber bruto, indicó Laplace.
"El objetivo fue otorgar previsibilidad para la percepción de los haberes esos tres meses ante la retracción productiva que padece esa rama de la actividad. Ese acuerdo surgió de la necesidad de transitar la actual realidad económica y financiera de las compañías ante la irrupción del coronavirus", puntualizó.
Las medidas convenidas rigen entre el 1º de junio y el 31 de agosto próximo y el rubro, será liquidado como "Asignación no remunerativa acuerdo junio 2020".
El pago del aguinaldo del primer semestre se abonará en tres cuotas iguales y consecutivas no remunerativas junto con los haberes de la primera quincena de julio, agosto y septiembre, agregó Laplace.
En la medida de lo posible, además, las empresas aplicarán "la rotación" de trabajadores para garantizar "la mejor y más equilibrada remuneración".
El acuerdo salarial para el trimestre fue firmado por Laplace en representación del gremio minero y José Pizone, de la Federación Argentina de la Piedra, y Luciano Berestein, de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros. (Télam)
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