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title: "Senadores buscan limitar el endeudamiento"
article_type: "Article"
description: "El proyecto de Adolfo Rodríguez Saá busca que la deuda no supere el 60% del PBI."
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date_published: "2018-09-19T06:12:00-03:00"
date_modified: "2024-01-13T18:53:01-03:00"
tags:
  - "San Luis"
  - "SENADO"
author_name: "Redaccion GLP"
category_name: "Legislativas"
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category_description: "Aquí encontraras las noticias más importantes sobre el acontecer legislativo de la república argentina."
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# Senadores buscan limitar el endeudamiento

![](/download/multimedia.normal.a3d55a07c70d4efa.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

Una comisión del

**Senado**

tratará una iniciativa para que la

[deuda](https://www.grupolaprovincia.com/legislativas/presupuestodelajuste-el-kirchnerismo-salio-a-pleno-a-cuestionar-el-presupuesto-189527)

no supere el 60% del

**PBI**

.

Será en la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, que preside el oficialista

**Esteban Bullrich**

. Allí, se debatirán una serie de iniciativas entre las que sobresale una presentada el año pasado por el legislador del

**PJ de San Luis, Adolfo Rodríguez Saá.**

[![](http://admin.grupolaprovincia.com/wp-content/uploads/2018/08/66.jpg)](http://d1iibezb83drel.cloudfront.net/wp-content/uploads/2018/08/66.jpg)

Básicamente, se buscará modificar la Ley de Administración Financiera (24.156) y prohibir a la administración nacional tomar préstamos en moneda extranjera cuando la relación entre deuda pública-PBI supere el 60%.

Según el artículo primero, el proyecto del senador por

**San Luis, Adolfo Rodríguez Saá,**

modifica al artículo

**56**

. De aprobarse la reforma específica: "Se prohíbe realizar operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes".

> Saá busca que se limite el endeudamiento externo

Establece que el "crédito público" es entendido como "la capacidad que tiene el Estado de endeudarse con el objeto de captar medios de financiamiento para inversiones productivas", como así también "para atender casos de evidente necesidad nacional o para refinanciar sus pasivos".

Además, según la modificación del artículo 58, la deuda pública se clasificará en "deuda interna o externa, directa o indirecta, deuda en moneda doméstica o foránea".

Para más información, visite

[INICIO](https://www.grupolaprovincia.com/)

.

[![](http://admin.grupolaprovincia.com/wp-content/uploads/2018/08/ENCUESTA-1.jpg)](https://www.grupolaprovincia.com/tags/todas-las-encuestas)

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