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title: "La Justicia frenó el DNU que limitaba el derecho a huelga"
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description: "Revés para el Gobierno: la Justicia suspendió el DNU de Milei que restringía el derecho a huelga. La CGT festeja una victoria clave. Enterate los detalles."
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date_published: "2025-06-02T15:22:00-03:00"
date_modified: "2025-06-02T15:47:16-03:00"
tags:
  - "Judiciales"
  - "Milei Javier"
  - "Sindicalismo y Movimientos Sociales"
author_name: "Juan Manuel Villarreal"
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author_bio: "Periodista para grupolaprovincia.com"
category_name: "Política"
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category_description: "Aquí encontraras las noticias más importantes sobre el acontecer diario de la política en la república argentina."
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# La Justicia frenó el DNU que limitaba el derecho a huelga

![CGT Movilización](/download/multimedia.normal.b3169a3187acaa09.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*La Justicia suspendió el decreto de Milei que limitaba el derecho a huelga*

La Justicia laboral hizo lugar a un amparo presentado por la **Confederación General del Trabajo** (CGT) y suspendió los artículos del **Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025**, impulsado por el Gobierno de Javier Milei, que restringía el derecho a huelga.

Universidades públicas en crisis: pierden posiciones en el mundo

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3, a cargo de la jueza **Moira Fullana**, resolvió **hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la central obrera** y dejar sin efecto de manera provisional los artículos 2° y 3° del DNU. La decisión judicial tiene vigencia **hasta tanto se dicte sentencia definitiva**.

### Qué decía el decreto que ahora fue frenado

El DNU 340/25 modificaba el artículo 24 de la Ley 25.877, estableciendo que ante conflictos gremiales debía garantizarse un funcionamiento de entre **50**y **75**% en servicios esenciales o de “importancia trascendental”. Además, **ampliaba el listado de actividades consideradas esenciales**, afectando directamente el derecho a huelga de muchos trabajadores.

Entre las actividades que el Gobierno incorporó como esenciales se encuentran:

- Servicios sanitarios y hospitalarios
- Producción y distribución de energía, agua y combustibles
- Telecomunicaciones e internet
- Transporte aéreo, marítimo y fluvial
- Educación inicial, primaria y secundaria
- Servicios aduaneros, migratorios y portuarios

### Los argumentos del fallo

En su resolución, la jueza Fullana destacó que **no existían circunstancias excepcionales** que justificaran la vía del DNU, sobre todo considerando que **el Congreso se encontraba en sesiones** **ordinarias**al momento de su dictado.

![Camioneros Movilización](/download/multimedia.normal.a17bfd2522372425.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

También remarcó que el decreto vulnera derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza la libertad sindical y el derecho a huelga, y que se trata de un tema que debe ser discutido en el **ámbito legislativo**, no por decreto.

El fallo subraya además que las medidas del Ejecutivo **violan convenios internacionales**ratificados por Argentina, como los Convenios 87 y 98 de la **Organización Internacional del Trabajo**(OIT) y el **Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales**, todos con jerarquía constitucional.

### Rechazo sindical y disputa legal

Desde que fue publicado, el DNU 340 fue blanco de fuertes críticas por parte de la CGT y otras centrales sindicales, que denunciaron que se trataba de una **"reglamentación restrictiva"** del derecho a huelga. Para los gremios, la imposición de niveles mínimos tan altos de prestación laboral hace inviable cualquier medida de fuerza legítima.

En su presentación judicial, la CGT alertó sobre la **afectación directa a la libertad sindical**, argumentando que la norma representa una **violación al principio republicano de división de poderes** y una **intromisión inconstitucional** del Poder Ejecutivo en derechos consagrados.

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Aunque la suspensión es provisoria y no representa una declaración definitiva de inconstitucionalidad, se trata de un **revés importante para el Gobierno**, que enfrenta múltiples frentes de conflicto con el sindicalismo y el Poder Judicial.

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