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description: "Con un incremento del 2,9%, también se modificaron los montos de las asignaciones familiares y los límites de ingresos."
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date_published: "2026-04-01T07:57:00-03:00"
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tags:
  - "Seguridad social"
  - "Tercera edad"
author_name: "Andrés Montero"
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author_bio: "Licenciado en Comunicación Social, UNLP."
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category_description: "Aquí encontraras todas las noticias más importantes sobre el acontecer diario de la república argentina."
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# Jubilaciones y asignaciones: de cuánto será la mínima en abril

El Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento para los jubilados, pensionados y beneficiarios de las asignaciones sociales, a través de la publicación de las resoluciones 74/2026 y 79/2026 en el Boletín Oficial.

![Aumento para jubilados y beneficiarios así quedan los nuevos montos](/download/multimedia.normal.be29d6d1dd91a436.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Aumento para jubilados y beneficiarios: así quedan los nuevos montos*

La medida establece que el haber mínimo garantizado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) será de $380.319,31, mientras que el haber máximo alcanzará los $2.559.188,80.

**Cómo se definió el aumento**

La actualización de estos valores fue dispuesta conforme a lo establecido en la Ley N° 26.417 y el Decreto N° 274/24, tomando como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El último dato de inflación registrado fue del 2,9%.

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En ese marco, también se fijaron las bases imponibles mínima y máxima para el período devengado abril de 2026, que serán de $128.091,45 y $4.162.912,57, respectivamente, utilizadas para el cálculo de aportes y contribuciones.

Además, el monto de la Prestación Básica Universal (PBU) se estableció en $173.978,72, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $304.255,45.

**La mínima con bono**

A estos montos se suma el bono extraordinario que otorga el Gobierno para compensar el desfasaje frente a la inflación. El pago correspondiente a abril fue confirmado a comienzos de esta semana.

De esta manera, la jubilación mínima alcanzará los $450.319,31 en el cuarto mes del año.

**Asignaciones familiares: cuánto aumentan**

Por su parte, las asignaciones familiares previstas por la Ley N° 24.714 tendrán un incremento del 2,90 % a partir de abril de 2026, según lo dispuesto en la Resolución 79/2026 publicada en el Boletín Oficial.

Este porcentaje se aplicará sobre los valores vigentes establecidos en la Resolución N° RESOL-2026-55-ANSES-ANSES, con excepción de las asignaciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo 6° de la ley.

Los nuevos límites, rangos y montos serán aplicables tanto para hechos generadores como para liquidaciones que se produzcan desde abril. En los casos en que surjan decimales, se aplicará el redondeo al entero siguiente.

**Límites de ingresos y exclusiones**

A partir de este ajuste, quedarán excluidos del cobro de asignaciones familiares los grupos en los que uno de sus integrantes perciba ingresos superiores a $2.801.551, aunque el total del grupo no supere el máximo establecido.

Este criterio responde a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1667/12.

**Montos por tipo de prestación**

Para el caso de maternidad, el monto se calcula en función de la remuneración bruta, sin tope de Ingreso del Grupo Familiar (IGF).

En tanto, los valores para nacimiento, adopción y matrimonio serán de $79.660, $476.268 y $119.275 respectivamente, para IGF de hasta $5.603.102, con cifras uniformes en todo el país.

Las asignaciones por prenatal e hijo presentan montos variables según el IGF y la zona de residencia. En el Valor General, los importes disminuyen a medida que aumentan los ingresos, mientras que en las zonas 1, 2, 3 y 4 los valores pueden ser más altos, especialmente en el caso de la ayuda escolar anual.

Para hijo con discapacidad, los montos son superiores y también se ajustan de acuerdo al IGF y la zona, según el detalle del Anexo I.

**Ayuda escolar y diferencias por zona**

La ayuda escolar anual se fijó en $55.672 como valor general, con montos mayores en provincias del sur como La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

En el caso de quienes perciben la prestación por desempleo, se mantienen los mismos valores para nacimiento, adopción y matrimonio. Para prenatal e hijo, los montos varían según el IGF: $68.341 (hasta $1.058.088), $46.099 (entre $1.058.088,01 y $1.551.789), $27.883 (entre $1.551.789,01 y $1.791.592) y $14.386 (entre $1.791.592,01 y $5.603.102).

Para hijo con discapacidad, los valores serán de $222.511, $157.412 y $99.347 según el tramo de ingresos, mientras que la ayuda escolar anual se mantiene en $55.672 para todos los casos.

**Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur**

Las asignaciones familiares destinadas a veteranos de la Guerra del Atlántico Sur mantienen los mismos valores para nacimiento, adopción y matrimonio, aunque presentan diferencias en prenatal, hijo y discapacidad según el IGF y la zona.

En estos casos, la ayuda escolar anual oscila entre $55.672 y $74.257 en zonas específicas como el sur del país y el Partido de Patagones.

Todos los importes fueron actualizados en función de la movilidad del 2,90 % establecida por ANSES para abril de 2026, según lo informado en los documentos incorporados al sistema GEDO.

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