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title: "Del ultimátum por afiliaciones a 20 bajas: el mapa partidario bonaerense rumbo a 2027"
article_type: "Article"
description: "La Junta Electoral canceló la personería de tres partidos provinciales y 17 agrupaciones municipales después de las intimaciones y la prórroga concedida durante el año. La medida alcanza a 16 distritos y modifica las condiciones de participación de estas fuerzas en las próximas elecciones."
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date_published: "2026-10-23T09:22:00-03:00"
date_modified: "2026-10-23T09:31:59-03:00"
tags:
  - "Elecciones"
  - "Judiciales"
  - "Provincia de Buenos Aires"
author_name: "Pamela Orellana"
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author_bio: "Periodista (UNLP). Se desempeñó en distintos medios de gráfica, radio y televisión."
category_name: "Política"
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category_description: "Aquí encontraras las noticias más importantes sobre el acontecer diario de la política en la república argentina."
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# Del ultimátum por afiliaciones a 20 bajas: el mapa partidario bonaerense rumbo a 2027

![Junta Electoral bonaerense3](/download/multimedia.normal.9242638ae28c8634.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Junta Electoral bonaerense.*

La **Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires** declaró la **caducidad de 20 personerías político-partidarias**, una decisión que alcanza a tres partidos provinciales y 17 agrupaciones municipales distribuidas en 16 distritos. Las resoluciones fueron dictadas el 16 de octubre y sus efectos comenzaron a quedar reflejados en el Boletín Oficial y en los registros del organismo. La medida constituye una nueva etapa del proceso de control de afiliaciones iniciado en marzo, cuando más de un centenar de fuerzas recibió una intimación para regularizar su situación.

El organismo, presidido por **Sergio Torres**, determinó que las agrupaciones alcanzadas no acreditaron los requisitos exigidos para conservar su reconocimiento. La principal causa fue **la falta del número mínimo de afiliados**, aunque uno de los partidos provinciales también perdió su personería por un incumplimiento vinculado con la Justicia Electoral nacional.

La decisión modifica el escenario de organización política hacia **las elecciones de 2027**. Las fuerzas afectadas pierden su inscripción electoral y, con ella, la posibilidad de presentar candidaturas bajo la personería cancelada. Sin embargo, la legislación diferencia entre caducidad y extinción: las organizaciones pueden continuar existiendo como entidades privadas, aunque sin las atribuciones electorales de un partido reconocido.

## Del plazo de 90 días a las resoluciones de caducidad

El procedimiento comenzó con la revisión anual de afiliaciones prevista por la **Resolución Técnica N° 75**, que establece controles periódicos sobre la cantidad de integrantes registrados. En marzo, la Junta intimó a las organizaciones que no reunían los mínimos legales y les concedió 90 días para presentar las fichas necesarias, bajo advertencia de perder su personería.

La medida fue publicada en abril y alcanzó a [108 fuerzas políticas: 41 partidos provinciales y 67 agrupaciones municipales](/contenido/596622/afiliaciones-en-crisis-el-ultimatum-que-expone-la-debilidad-estructural-de-la-po). La nómina incluía organizaciones de alcance local y espacios con representación electoral relevante, entre ellos [La Libertad Avanza](/contenido/602751/lla-bonaerense-entre-la-campana-de-afiliaciones-y-la-disputa-judicial-por-el-pad), el **Frente Renovador** y la **Coalición Cívica**.

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Aunque el primer plazo había sido presentado como improrrogable, el organismo concedió una extensión excepcional. Mediante una resolución del **27 de julio**, posteriormente publicada en agosto, [habilitó **45 días adicionales**](/contenido/600608/la-junta-extendio-el-plazo-que-deben-cumplir-las-fuerzas-bonaerenses-para-no-per) para completar las afiliaciones pendientes. La decisión respondió a pedidos de organizaciones que argumentaron dificultades para desarrollar campañas de incorporación de afiliados.

La prórroga mantuvo vigente el apercibimiento de caducidad. Una vez agotado el plazo, la Dirección Técnico Electoral realizó nuevas verificaciones y, en septiembre, constató que distintas organizaciones continuaban sin acreditar los requisitos. Los expedientes llegaron entonces a la instancia de resolución definitiva.

El fundamento principal fue el **artículo 46, inciso f, del decreto-ley 9889/82**, que contempla la pérdida de personería cuando una fuerza no conserva el mínimo de afiliados exigido. La Junta sostuvo que las organizaciones habían contado con oportunidades para regularizar su situación y que correspondía aplicar la consecuencia prevista por la legislación.

![Junta Electoral bonaerense4](/download/multimedia.normal.9779596311b69aff.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Junta Electoral bonaerense.*

## Los partidos provinciales y las bajas en 16 municipios

Entre las organizaciones de alcance provincial, las resoluciones alcanzaron a **Construyendo Porvenir**, **Política Abierta para la Integridad Social (PAIS)** y **Tiempo de Todos**. Los dos primeros perdieron su reconocimiento por no acreditar la cantidad de afiliados requerida dentro de los plazos establecidos.

El caso de Tiempo de Todos presenta una particularidad. La Junta recibió una comunicación de la Justicia Electoral nacional que informó que, el **10 de septiembre de 2026**, se había declarado la caducidad de su personería como partido de distrito. Esa decisión se sumó al incumplimiento de afiliaciones verificado en la Provincia.

Por ese motivo, el organismo aplicó los **incisos d y f del artículo 46**. La legislación exige a los partidos que obtienen reconocimiento provincial a partir de su personería de distrito mantener también esa condición ante la Justicia federal. La resolución aclaró que un eventual trámite para recuperar el reconocimiento nacional no suspende la causal de caducidad provincial.

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El impacto territorial es más amplio entre las agrupaciones municipales. En el conurbano perdieron su personería **Unidos por Lomas**, de Lomas de Zamora; **Nosotros Elegimos Estar Esteban Echeverría**; **Ituzaingó Vecinal**; **Ahora Pilar** y **Proyecto Escobar**. También quedaron alcanzadas **Vecinos Unidos**, de Exaltación de la Cruz; **Opción Vecinal para el Progreso de Tigre** y **Vecinos Independientes Vicente López (VIVILO!)**.

En el interior bonaerense, las bajas incluyen a **Nuevo Azul**, **Acción Vecinal General Villegas**, **Agrupación Municipal Primero Lobos**, **Diálogo Pergaminense**, **Unión Vecinal Salliqueló** y **Compromiso para Crecer**, de San Nicolás. A ellas se suma **Acción Municipal de Berisso (AMUBE)**.

El **Partido de La Costa** presenta una situación particular: **dos agrupaciones del mismo distrito perdieron su reconocimiento**, Alternativa Vecinal La Costa y Unidos por la Costa. Así, las 17 caducidades municipales se distribuyen en 16 municipios, con consecuencias sobre distintos espacios que integraban la oferta política local.

![Elecciones Argentina](/download/multimedia.normal.87d21979179b9755.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Elecciones Argentina.*

La normativa provincial exige a las agrupaciones municipales mantener afiliaciones equivalentes al **cuatro por mil del padrón electoral del distrito, es decir, el 0,4%, con un mínimo de 250 integrantes**. Para los partidos provinciales, los requisitos varían según su modalidad de reconocimiento. Los partidos de distrito inscriptos bajo el artículo 12 deben reunir el cuatro por mil en al menos dos secciones electorales y alcanzar un piso de 8.000 afiliados.

## Qué cambia para el escenario electoral de 2027

Las resoluciones ordenan cancelar las inscripciones de las organizaciones afectadas. La pérdida del reconocimiento no equivale a una disolución definitiva: **el artículo 46 permite que subsistan como personas jurídicas de derecho privado**, pero dejan de contar con la habilitación político-partidaria necesaria para competir electoralmente bajo esos sellos.

La diferencia tiene efectos concretos sobre el armado de listas, la representación partidaria y la posibilidad de constituir alianzas electorales. Sin personería vigente, las agrupaciones alcanzadas no pueden ejercer esas facultades como fuerzas reconocidas por la Junta Electoral.

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Además, **el artículo 49 de la legislación provincial permite solicitar nuevamente el reconocimiento después de celebrada la primera elección posterior a la caducidad**, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes. No se trata de una recuperación automática: las organizaciones deberán atravesar nuevamente el procedimiento legal.

La nueva tanda de bajas también permite dimensionar el alcance del control iniciado meses atrás. Mientras la intimación original había incluido a 108 organizaciones, las decisiones del 16 de octubre identifican 20 caducidades. Los partidos de mayor exposición electoral mencionados en abril, como La Libertad Avanza, el Frente Renovador y la Coalición Cívica, **no figuran entre las fuerzas dadas de baja en esta instancia**.

Con las resoluciones publicadas, la Junta pasó de exigir la regularización de los padrones a ejecutar las primeras consecuencias de este tramo del procedimiento. **El sostenimiento de las afiliaciones vuelve a convertirse en una condición decisiva para conservar los sellos partidarios**, mientras las distintas fuerzas bonaerenses comienzan a ordenar sus estructuras, alianzas y estrategias territoriales para 2027.

¿Cree que puede aparecer una tercera fuerza competitiva en 2027?

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