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title: "De Leo propone limitar el costo de préstamos con descuento de haberes"
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description: "La iniciativa toma como referencia el costo financiero de los préstamos personales del Banco Provincia. También busca impedir cargos encubiertos y la contratación obligatoria de servicios adicionales."
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date_published: "2026-10-30T08:06:00-03:00"
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  - "De Leo Andrés"
author_name: "Soledad Castellano"
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author_bio: "Licenciada en Comunicación Social con orientación en Periodismo. Locutora Nacional."
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# De Leo propone limitar el costo de préstamos con descuento de haberes

El legislador bonaerense Andrés De Leo presentó un proyecto de ley para limitar el costo de los préstamos que se cobran mediante descuentos directos sobre salarios o beneficios previsionales. La propuesta establece que el Costo Financiero Total (CFT) no pueda superar en más de cinco puntos porcentuales el aplicado por el Banco Provincia a sus préstamos personales para el público en general.

![Andrés De Leo.](/download/multimedia.normal.90faf55545698945.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Andrés De Leo.*

La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados provincial el 28 de octubre y alcanza a mutuales, cooperativas, asociaciones civiles y demás entidades autorizadas a operar en el Régimen Único de Códigos de Descuento. Comprende préstamos en dinero, financiaciones y adelantos que se cancelen a través de ese mecanismo.

“El Estado provincial no puede convalidar tasas usurarias sobre familias que les cuesta llegar a fin de mes y se ven obligadas a endeudarse”, sostuvo De Leo al anunciar la presentación. Entre los trabajadores alcanzados por su planteo mencionó a docentes, policías, personal de salud y administrativos.

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El argumento central del legislador es que el descuento de las cuotas antes de que el trabajador cobre su salario reduce significativamente el riesgo de incobrabilidad. En los fundamentos, cuestionó que las entidades que cuentan con esa modalidad de cobro apliquen costos elevados pese a esa ventaja.

**Cómo se calcularía el límite para los créditos**

El proyecto propone utilizar como referencia el CFT de los préstamos personales para el público en general del Banco Provincia vigente al momento de celebrar cada operación. Sobre ese indicador admitiría un margen máximo de cinco puntos porcentuales.

La referencia elegida permitiría vincular el límite con las condiciones del banco provincial al contratar el crédito. El texto también contempla la línea que eventualmente reemplace a esos préstamos personales.

De Leo planteó en los fundamentos que la iniciativa busca regular el costo de los créditos otorgados mediante el sistema provincial de descuentos. El cumplimiento del límite se formula como una condición para acceder y permanecer en ese mecanismo de retención y transferencia de haberes.

**Qué cargos y condiciones busca impedir**

La propuesta incorpora prohibiciones para evitar que el tope sea eludido mediante conceptos adicionales. Entre ellas figuran trasladar costos del crédito a rubros ajenos al CFT, fraccionar operaciones o utilizar entidades vinculadas para sortear la restricción.

También apunta contra el cobro de cargos, seguros, cuotas sociales o aportes que no correspondan a un servicio efectivamente prestado y aceptado de manera expresa.

Además, las entidades no podrían condicionar la entrega de un préstamo a la contratación de servicios, seguros u otras prestaciones adicionales. El articulado establece que las cuotas sociales, de afiliación o de servicios vinculadas al crédito integrarían el Costo Financiero Total y deberían computarse para verificar el cumplimiento del límite.

Una vez cancelado o precancelado el préstamo, el trabajador podría optar por dar de baja esa cuota vinculada, sin que la entidad pudiera exigirle un período mínimo de permanencia.

**Qué operaciones quedarían alcanzadas**

El proyecto prevé su aplicación a las operaciones celebradas desde la entrada en vigencia de la eventual ley. Las renovaciones, ampliaciones de capital y refinanciaciones posteriores serían consideradas nuevas operaciones y quedarían comprendidas en las condiciones propuestas.

En materia de sanciones, el incumplimiento sería considerado una falta grave. La reiteración o el ocultamiento de costos elevarían esa calificación a muy grave, con remisión a las medidas y al procedimiento del régimen de códigos de descuento.

El Poder Ejecutivo provincial sería el encargado de definir la autoridad de aplicación. La propuesta presentada por De Leo requiere aprobación legislativa para que el tope y las prohibiciones se conviertan en obligaciones legales.

¿Cree que puede aparecer una tercera fuerza competitiva en 2027?

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