Economía Agencia Télam 22 de diciembre de 2021

La Defensoria del Publico considero retrocesos a los fallos judiciales contra el Decreto 690/2020

La Defensoria del Publico considero un "retroceso" los fallos judiciales que suspendieron la aplicacion del Decreto de Necesidad y Urgencia 690/2020 que categoriza como servicios publicos a internet, la tv paga y la telefonia movil.

La Defensoría del Público consideró un "retroceso" los fallos judiciales que suspendieron la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 690/2020 que categoriza como servicios públicos a internet, la tv paga y la telefonía móvil.
"La Defensoría considera un retroceso que se prive de efectos a esta norma, en momentos en que se necesita imperiosamente una acción protectora hacia los derechos de las audiencias", afirmó la Defensoría del Público en un comunicado.
Remarcaron que "es fundamental el reconocimiento de la comunicación en todos sus soportes, y en especial el acceso a Internet como un derecho humano esencial", por lo cual expresó "preocupación por las decisiones que consolidan medidas regresivas", como los fallos judiciales contra el DNU690/2020.
La Defensoría expuso su preocupación por las "consecuencias de un nuevo fallo de la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, en relación con el decreto 690/2020", y consideró que la medida judicial es "un paso atrás en materia de derechos de las audiencias".
A su vez, solicitó la "regulación de medidas positivas para los sectores en condición de vulnerabilidad a fin de reducir la brecha digital y comunicacional, y recomienda la formulación de una política de tarifa social para democratizar el acceso a los servicios ofrecidos para las empresas prestadoras de servicios TIC".
La Oficina a cargo de Myriam Lewin se refirió al fallo dividido de la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que suspendió la aplicación de los artículos 1, 2 3, 5 y 6 del Decreto 690/2020, y las resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones referidas a la aplicación de aumentos en estos servicios y de la Prestación Básica Universal.
Este fallo que favoreció a la empresa Telefónica de Argentina, es idéntico al resuelto por la Sala II del mismo fuero que suspendió la aplicación para los socios de la Asociación Argentian de TV por Cable, entre quienes se incluye el grupo Telecom.
Ante ese primer fallo, la Defensoría realizó una "presentación del organismo ante la Relatoría de Libertad de Expresión de la ONU para que se pronuncie al respecto".
(Télam)

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