Argentina Agencia Télam 21 de diciembre de 2021

El gobierno indemniza a un detenido durante la dictadura

El Gobierno nacional dispuso hoy el pago de 170 mil dólares en consonancia con la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Rufino Jorge Almeida, a quien se le negó una indemnización por el régimen de

El Gobierno nacional dispuso hoy el pago de 170 mil dólares en consonancia con la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de Rufino Jorge Almeida, a quien se le negó una indemnización por el régimen de liberad vigilada que padeció durante la última dictadura cívico militar.
Así lo estableció el Decreto 864/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur; el canciller Santiago Andrés Cafiero; y los ministros de Justicia, Martín Soria, y de Economía, Martín Guzmán.
El fallo es en concepto de "indemnización por el tiempo que Rufino Jorge Almeida permaneció en un régimen de libertad vigilada de facto, por lo que se le asignó 125 mi dólares", los que se sumaron a "5 mil por concepto de daño material, así como también 20.000 en concepto de daño inmaterial", detalla el.decreto
Se trata del caso Nº 12.950 "Almeida VS. Argentina" sobre el cual el 17 de noviembre de 2020 la CIDH dictó sentencia en contra del Estado nacional, ordenando el pago "en concepto de indemnización, costas y gastos, y que este debe realizarse en el plazo de UN (1) año contado a partir de su notificación, que tuvo lugar el 17 de diciembre de 2020", recuerda el decreto en los considerandos.
El 4 de junio de 1978 Rufino fue secuestrado por integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad junto con su esposa, Claudia Estevez.
El hombre permaneció 54 días en calidad de detenido-desaparecido en el campo clandestino de detención conocido como “El Banco” 24, donde fue torturado.
"Al ser liberado de esta detención, el 27 de julio de 1978, fue puesto en un régimen de libertad vigilada de facto y la justicia constató que, al momento de su liberación, Almeida y su esposa fueron puestos bajo custodia del padre del primero", indica el expediente.
Agrega que, "a partir de ese momento, comenzó un control que puede ser equiparado al régimen de libertad vigilada, donde eran sometidos a visitas por parte de guardias del campo clandestino El Banco”.
Asimismo, se les entregó un número de teléfono para efectuar llamadas de control. Este régimen de libertad vigilada cesó el 30 de abril de 1983. (Télam)

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