Política Agencia Télam 12 de septiembre de 2022

Fallo ordena a Clarin que rectifique una informacion falsa de 1977 sobre dos hijos de desaparecidos

El Tribunal Oral Federal 2, en el marco del juicio por cinco "vuelos de la muerte" realizados desde Campo de Mayo durante la ultima dictadura, ordeno al diario Clarin que rectifique una informacion falsa de 1977 sobre los hijos de dos desaparecidos

El Tribunal Oral Federal 2, en el marco del juicio por cinco "vuelos de la muerte" realizados desde Campo de Mayo durante la última dictadura, ordenó al diario Clarín que rectifique una información falsa de 1977 sobre los hijos de dos desaparecidos y difundió hoy los fundamentos de esa decisión.
En la edición del 24 de noviembre de 1977 el diario publicó una nota a dos columnas bajo el título: "Buscan a familiares de dos niños abandonados", ilustrada con las fotos de Adriana y Martín Arancibia, hijos de María Eugenia Zago y Ramón Arancibia, secuestrados y desaparecidos por el Ejército según se probó en el juicio.
En el artículo se mencionó que los dos hermanos, de 5 y 3 años, "se encontraron de pronto solos. Perdidos. Sin entender nada de lo que pasaba a su alrededor" pero sin detalle alguno de la intervención militar en la desaparición de sus progenitores.
"Así como está escrita, entiende la querella y el Ministerio Público Fiscal que se buscaba instalar públicamente la idea de que su padre y madre los habían abandonado, soslayando la verdad de lo ocurrido", señalaron en los fundamentos los jueces Walter Venditti, Matías Mancini y Esteban Rodríguez Eggers.
En función de la verdad surgida en el juicio, básicamente que Arancibia y Zago fueron secuestrados en una operación del Ejército, el tribunal dispuso que se remitan copias de los fundamentos al "Grupo Clarín S.A" para que "adecue la publicación a lo realmente ocurrido".
Para los jueces, que el diario corrija esa información falsa "es la natural y jurídica solución para intentar reparar los daños ocasionados por la barbarie de la represión ilegal que en este caso puntual impactaron y fueron invocados como padecidos por la querellante a la vez que para desagraviar la memoria de sus progenitores".
(Télam)

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