Mundo Agencia Télam 30 de octubre de 2021

Inhabilitan a dos policias colombianos por dejar morir a ocho presos durante un incendio

Dos agentes de la Policia colombiana fueron destituidos e inhabilitados por su implicancia en la muerte de ocho detenidos, durante el incendio de una comisaria en Bogota, el 4 de septiembre de 2020.

Dos agentes de la Policía colombiana fueron destituidos e inhabilitados por su implicancia en la muerte de ocho detenidos, durante el incendio de una comisaría en Bogotá, el 4 de septiembre de 2020.
La subteniente Aleida del Pilar González Quiroz y el patrullero Jorge Eliécer Suárez Orduz no podrán ejercer cargos públicos por 16 años, determinó un juicio disciplinario que tuvo lugar antes que se decida sobre un proceso penal.
La Procuraduría General colombiana entiende que existen pruebas suficientes para inferir que los dos policías omitieron sus funciones de protección y no le brindaron atención a las personas que se encontraban en las celdas del Comando de Atención Inmediata de San Mateo de Soacha, informó la emisora local RCN.
Pese a los gritos de ayuda y los insistentes pedidos de auxilio de las personas que estaban detenidas, los policías no tomaron las medidas urgentes ni necesarias para salvaguardar la vida e integridad de las mismas.
Están acusados además de homicidio y lesiones por perturbación funcional, informó la agencia de noticias Europa Press.
Uno de los testigos relató que el patrullero le gritó a uno de los detenidos "pues quémense" mientras el humo y las llamas devastaban las instalaciones.
Los agentes, que contaban con las llaves de las celdas, solamente actuaron cuando los internos "ya estaban quemados".
En la lectura del fallo de primera instancia el procurador del caso indicó que el patrullero "omitió realizar actos positivos para salvaguardar la vida e integridad de las personas privadas de la libertad, entre ellos abrir la reja, permitir la salida de estas personas a un área segura y evitar, impedir e interrumpir la exposición al fuego que finalmente los condujo a la muerte".
Por su parte, a la subteniente Aleida del Pilar González Quiroz, quien era la subcomandante de la comisaría de San Mateo, se la sancionó por no impartir órdenes dirigidas a sacar a los internos de las celdas.
El teniente César Augusto Martínez, quien era el comandante de la Estación de Policía, fue absuelto al considerar que no tuvo participación en los hechos.
"Se demostró que el oficial no estaba en las instalaciones policiales ni le fue comunicada oportunamente la emergencia", según la sentencia.
La Policía de Colombia está en el centro de las críticas por la violencia ejercida durante las protestas que mantuvieron en vilo al país en el último año.
Ayer, un agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) fue suspendido por presuntamente haber disparado a un menor en la cabeza en la jornada de protestas de 28 de octubre en Bogotá en conmemoración de los seis meses del comienzo del Paro Nacional.
El agente, suspendido por tres meses, habría disparado un proyectil no letal que impactó a un menor de 14 años en la cabeza, lo que le provocó un traumatismo cranoencefálico que lo mantiene ingresado en una Unidad de Cuidados Intensivos con pronóstico reservado, informó el diario colombiano El Espectador.
El hecho tuvo lugar el jueves en manifestaciones y disturbios en el Puente de la Dignidad, en la localidad de Usme, uno de los principales lugares donde se concentran las protestas y los enfrentamientos en Bogotá. (Télam)

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