Argentina Agencia Télam 11 de septiembre de 2020

Casacion suspende un juicio por violencia de genero porque la victima perdono a su agresor

La Camara Nacional de Casacion en lo Criminal y Correccional suspendio hoy el tramite de una causa penal contra un hombre acusado por lesiones a su pareja, porque la mujer dijo que, tras la agresion, habia mejorado la relacion y que continuo

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC) suspendió hoy el trámite de una causa penal contra un hombre acusado por lesiones a su pareja, porque la mujer dijo que, tras la agresión, había mejorado la relación y que continuó la convivencia, informaron fuentes judiciales.
De esta manera, la Sala I de la CNCCC revocó el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal 9 contrario al dictamen fiscal que, ponderando la postura de la víctima, consintió el otorgamiento de la probation al acusado, a pesar de que la suspensión del proceso a prueba no aplica en casos de “violencia de género”.
Según la denuncia en la que intervino la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), el hecho que sucedió el 3 de diciembre de 2015 en la vivienda que ambos compartían en el barrio INTA, de la Ciudad de Buenos Aires.
Ese día, el hombre "tomó con una de sus manos del cabello a su pareja" y con la otra "le propinó un golpe de puño en su cabeza”, luego “le dio puntapiés en el cuerpo” y finalmente la amenazó y le manifestó: "Te voy a agarrar a apuñaladas y te voy a matar”.
Para solicitar la probation, la defensa sostuvo que “se trató de un hecho aislado” y que las partes “han superado sus diferencias” y desde hace dos años volvieron a convivir.
La damnificada aceptó el ofrecimiento económico efectuado por el imputado y aseguró que, luego de la denuncia, "no hubo nuevos episodios de violencia".
Al anular el fallo del Tribunal Oral, la Sala I de la CNCCC criticó “la utilización de fórmulas genéricas para tratar un conflicto que engloba violencia de género, cuando el análisis debe estar circunstanciado a las particularidades del caso concreto”.
Para los camaristas Jorge Rimondi, Patricia Llerena y Gustavo Bruzzone, la resolución que se opuso a la suspensión del juicio no tuvo en cuenta las “particularidades del vínculo” entre R. y A., “como así tampoco, la solución que luce más idónea para gestionar el conflicto penal”. (Télam)

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