Argentina Agencia Télam 02 de febrero de 2021

Un juez declaro inconstitucional una norma para otorgar la guarda de una adolescente y su beba

Un juez de Corrientes declaro inconstitucional un articulo del Codigo Civil y asi resolvio otorgar la guarda de una adolescente de 15 años y su beba de dos meses al padrino, ya que los padres de la joven murieron.

Un juez de Corrientes declaró inconstitucional un artículo del Código Civil y así resolvió otorgar la guarda de una adolescente de 15 años y su beba de dos meses al padrino, ya que los padres de la joven murieron.
En su fallo, el juez de paz de Mburucuyá, Sergio Shwoihort, señaló que "sin lugar a dudas la prueba e información rendida en el proceso permite establecer que es más adecuado para la satisfacción del interés superior de la adolescente y la niña, convivir con su padrino y esposa".
El artículo 611 del Código Civil y Comercial establece que "queda prohibida expresamente la entrega directa en guarda de niños, niñas y adolescentes mediante escritura pública o acto administrativo", mientras que el 657 determina que la guarda por parte de un pariente sólo es posible por un año, con una prórroga por otro año más.
Por esa razón, Shwoihort sostuvo que "la realidad cotidiana muestra que esto no puede sostenerse como regla infranqueable para todos los casos", y que "lo expuesto nos conduce a revisar la constitucionalidad (y convencionalidad), especialmente de la disposición del artículo 657, que solo habilita el otorgamiento de la guarda a un pariente ya que, como surge de lo expuesto, los padrinos no gozan de tal característica".
Según se desprende del fallo, VMI y su hija recién nacida vivían "en precarias condiciones" en un paraje rural cercano a Mburucuyá, ubicado a 148 kilómetros de la capital provincial. Allí compartían una vivienda de adobe de dos habitaciones con su hermana, su marido y sus hijos.
El juez se hizo cargo del caso luego de que la médica de guardia del Hospital San Antonio de Padua Mburucuyá dio intervención a la justicia tras el nacimiento de la beba, el pasado 27 de noviembre.
Para tomar su decisión, el juez tuvo en cuenta en primer lugar el deseo de la adolescente de vivir con su padrino, ya que en 2016 murió su papá y tres años después su mamá. Además, la hermana de VMI también recomendó que viva con su padrino, PJM.
Pero antes de tomar la decisión, Shwoihort averiguó que podía ofrecerle el padrino y así determinó que en su casa, donde vive con su mujer, la joven tendría su propio cuarto, y acceso a una cobertura social para ella y su beba. También determinó que los dos hijos del matrimonio están escolarizados y con un buen rendimiento escolar.
Por último, el juez también revisó el certificado de bautismo para certificar que PJM es efectivamente su padrino y que la joven fue bautizada el 19 de enero de 2005 en la Parroquia "San Antonio de Padua" de Mburucuyá.
"Es el Estado quien debe asumir una conducta activa para el abordaje y solución de situaciones como la descripta y, en ello, se encuentran involucrados todos los poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), a fin de evitar un agravamiento del contexto", dice el fallo de Shwoihort.
Esta no es la primera vez que el magistrado llama la atención por sus resoluciones.
En octubre del año pasado redactó en un lenguaje sencillo la sentencia en la que le explicó a un matrimonio de adultos mayores como debían ocuparse de su hija con discapacidad y problemas de alcoholismo. "Señor X.X y Sra. X.X.: desde hoy, su hija X.X. por más que sea mayor de edad, va a estar a su cargo. Tienen que cuidarla y llevarla para que la vean los médicos", decía el fallo que en otro tramo agregó: "Le prohibimos a los quioscos y almacenes de la zona que están en Mburucuyá venderle a ella bebidas que tengan alcohol, y a los de la zona que están en Palmar Grande le pedimos a la Municipalidad que les avise a los comercios que a ella le hace mal tomar esas bebidas".
Shwoihort se ocupó de que la hija del matrimonio recibiera atención médica y también de llevarles la sentencia en persona. (Télam)

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