Argentina Agencia Télam 01 de septiembre de 2021

Los empleados judiciales de Cordoba no vacunados deberan presentar un PCR cada 72 horas

Los trabajadores judiciales de Cordoba volvieron hoy a cumplir tareas presenciales y el Tribunal Superior de Justicia establecio que quienes hayan decidido no vacunarse contra el coronavirus tendran que realizarse un PCR cada 72 horas, pues de

Los trabajadores judiciales de Córdoba volvieron hoy a cumplir tareas presenciales y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) estableció que quienes hayan decidido no vacunarse contra el coronavirus tendrán que realizarse un PCR cada 72 horas, pues de lo contrario tendrán licencia sin goce de sueldo, salvo aquellos que cuenten con una prescripción médica.
Todos los empleados judiciales que recibieron el esquema completo de vacunación se presentaron a trabajar y, en esa vuelta a los edificios y oficinas, la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba (Agepj) controló que se cumplan las medidas sanitarias.
"En el recorrido se verificó que en algunos edificios se mantiene el sistema de rotación y burbujas debido a que las dimensiones de las oficinas no permiten una presencialidad total, lo cual demuestra sensatez en el marco de la presente situación epidemiológica que, por más que haya avanzado enormemente el proceso de vacunación, no deja de ser crítica", dijeron fuentes gremiales.
El TSJ aclaró que serán exceptuados de la convocatoria presencial personas con inmunodeficiencias y pacientes oncológicos y trasplantados, conforme lo establece el artículo 3, incisos V y VI, de la Resolución Nº 627/2020 del Ministerio de Salud de la Nación y sus modificatorias y complementarias.
De todos modos, la resolución reitera que la prestación de servicio presencial en los espacios cerrados del Poder Judicial de Córdoba supone que las personas mantengan entre sí una distancia mínima de dos metros y mantengan las medidas de cuidado personal: uso permanente del tapabocas, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies y ventilación de los ambientes.
Unos 60 trabajadores iniciaron un reclamo a través de una representante legal que sostiene que el TSJ "se arroga facultades legislativas" y que está "entrando en una medida coercitiva".
"El TSJ está yendo más allá de lo que la ley le permite. Además, al incurrir en el tema de la retención de haberes, es mobbing laboral y tres delitos tipificados en el código penal", dijo la abogada Mariela Pérez en Canal 12.
"El exceso es que el Ministerio de Salud de la Nación dice que la vacuna es optativa. Están experimentando en humanos y vulnerando el artículo 58 del Código Civil", dijo.
La representante de los judiciales que se niegan a vacunarse aseguró que sus clientes "no son 'ñoquis' y quieren trabajar". En ese marco, exigen que la presencialidad siga los mismos criterios que en otros rubros, donde a los empleados sólo les toman la temperatura y les brindan elementos como mascarillas.
(Télam)

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