Habilitan actividad desarrollada por embarcaciones nauticas en todas sus modalidades
Los detalles de las nuevas aperturas.
El gobierno nacional exceptuó hoy del cumplimiento del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por coronavirus a la actividad desarrollada por embarcaciones náuticas en todas sus modalidades, con fines recreativos y a las actividades periféricas que posibilitan ese desarrollo.
Así fue establecido a través de la Decisión Administrativa 1940/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Salud, Ginés González García.
Embarcaciones naúticas
La medida establece que las actividades se desarrollarán con "sujeción al sujeción a las Recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas Individuales en contexto de la pandemia" establecidas por las autoridades y publicadas en el anexo.
Entre ellas se especifica que "se deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de las personas y que estas lleguen al lugar en el cual realizan las actividades autorizadas o a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano".
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También se establece la "organización del trabajo con modalidad de turnos" así como "la desinfección de superficies y ventilación de ambientes", entre otras cuestiones. (Télam)
Así fue establecido a través de la Decisión Administrativa 1940/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Salud, Ginés González García.
La medida establece que las actividades se desarrollarán con "sujeción al sujeción a las Recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas Individuales en contexto de la pandemia" establecidas por las autoridades y publicadas en el anexo.
Entre ellas se especifica que "se deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de las personas y que estas lleguen al lugar en el cual realizan las actividades autorizadas o a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano".
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