Política Agencia Télam 14 de octubre de 2020

Sobreseen a once abogados denunciados por violar el ASPO en una marcha

La Justicia sobreseyo por inexistencia de delito a once abogados porteños denunciados por violar el aislamiento obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus durante una manifestacion realizada en junio pasado frente al palacio de Tribunales

La Justicia sobreseyó por inexistencia de delito a once abogados porteños denunciados por violar el aislamiento obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus durante una manifestación realizada en junio pasado frente al palacio de Tribunales y al Colegio que regula su profesión, en reclamo de volver a trabajar.
La decisión fue adoptada por el juez federal Julián Ercolini, tras recibir un dictamen del fiscal Gerardo Pollicita que postuló el sobreseimiento de los denunciados, informaron a Télam fuentes judiciales.
"Los manifestantes en todo momento cumplieron con las medidas de seguridad e higiene que fueron recomendadas por las distintas autoridades; concretamente el uso de barbijos y/o máscaras faciales y el respeto del distanciamiento social", concluyó el magistrado en el fallo al que tuvo acceso Télam.
En base a ello los sobreseyó por la supuesta infracción al artículo 205 del Código Penal.
"Debo destacar además que no hay ningún elemento que permita sostener que alguno de los imputados presentaba en aquel entonces Covid-19, o síntomas compatibles con dicha enfermedad", agregó.
Ante ello, "tampoco puede sostenerse que existió un riesgo jurídicamente desaprobado ni que este se hubiera verificado en un resultado lesivo", agregó.
El día de la protesta, el 1 de junio último, "la gran mayoría se presentó con el certificado de habilitación para circular exigido" y quienes no lo hicieron "fue porque vivían en las inmediaciones del lugar", se explicó en el fallo.
Ercolini recordó que la manifestación se convocó por "una petición a las autoridades de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal justamente para poder volver a cumplir con sus funciones laborales mediante la modalidad de teletrabajo".
"Es decir, su movilización fue en el marco del ejercicio de un derecho y para reclamar, ante las autoridades competentes al efecto, la posibilidad de poder ejercer otro -trabajo- y bajo una modalidad que justamente fue diseñada para garantizar la seguridad de los agentes del sistema; concretamente la labor a través de plataformas digitales desde sus hogares", agregó.
"No se pudo verificar alguna intención de infringir las normas emanadas por la autoridad para evitar la propagación de una enfermedad", concluyó.
Por último el magistrado consideró que tampoco se probaron daños en la sede del Colegio Público de Abogados, como esa institución había expresado en su denuncia contra esos once abogados.
El fallo ahora fue apelado por el Colegio ante la Cámara Federal porteña. (Télam)

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