Mundo Agencia Télam 30 de noviembre de 2022

Costa Rica modifico por decreto el sistema para pedir refugio en el pais

El presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, dispuso hoy por decreto cambios en el sistema de otorgamiento de refugio, tras advertir un "uso abusivo" por parte de extranjeros.

El presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, dispuso hoy por decreto cambios en el sistema de otorgamiento de refugio, tras advertir un "uso abusivo" por parte de extranjeros.
"No estamos cerrando las puertas a la población extranjera, lo que estamos diciendo es que en Costa Rica las solicitudes de refugio crecieron nada menos y nada más que 6.000% en 10 años", señaló el mandatario.
El país recibió desde 2018 un total de 222.056 solicitudes de refugio y se detectó que entre 80% y 90% de ellas "no califican", señaló Chaves de acuerdo con datos del departamento de Migraciones.
"No son solicitudes de refugio legítimas todas; es que es muy fácil porque al solicitar refugio usted obtiene un permiso de trabajo inmediatamente", explicó el presidente en conferencia de prensa, citada por la agencia de noticias AFP.
El nuevo decreto firmado cambia precisamente ese privilegio y ya no otorga permiso de trabajo inmediato al realizar la solicitud, sino que exige cumplir un procedimiento interno que aún no está determinado.
Chaves dejó claro que “no va a cambiar” la tradición local de “acoger a las personas que buscan refugio y protección, ya que su integridad está comprometida en el país de origen”.
Además de esta medida para desincentivar el intento de obtener el permiso de trabajo por medio del refugio, Chaves firmó otro decreto que establece una categoría especial temporal para ciudadanos de Cuba, Nicaragua y Venezuela, que suponen el 96% de las solicitudes totales de refugio en Costa Rica.
En este caso, quienes se acojan a este nuevo sistema podrán trabajar por dos años "siempre y cuando", dijo el presidente, renuncien a su condición de refugiado y se inscriban en la Seguridad Social.
Además, tendrán que demostrar que no tienen antecedentes penales en sus países de origen, que acrediten haber realizado la solicitud entre el 1 de enero de 2010 y el 30 de septiembre de 2022 y que no hayan visitado su país entre esas fechas. (Télam)

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