Confirman fallo que ordena indemnizar a familiares de pasajera de tragedia de Once
La Camara Nacional en lo Civil de esta capital confirmo hoy, con incremento del multimillonario monto de la condena, el fallo que ordeno indemnizar a los padres e hijas de una pasajera que fallecio en la denominada "Tragedia de Once", el choque del
Para los padres de Sonia Torres Rolón se admitió 1.000.000 de pesos en concepto de "valor vida" y un importe igual por "daño moral", en tanto que para para E.Y.G.T. - menor de edad cuando se ocurrió el hecho, el 22 de febrero de 2012- la indemnización duplicó esos montos, y en todos los casos con aplicación de intereses.
La decisión la tomó la Sala L de la Cámara en un fallo dividido ya que una de las camaristas se pronunció por excluir al Estado Nacional, finalmente condenado junto con la compañía de seguros Liderar S.A. y la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA).
El Estado, a través del Ministerio del Interior y Transporte, había cuestionado la posibilidad de accionar por parte de los demandantes, porque al promover el reclamo, en 2014, no se habían acreditado los derechos sucesorios de la víctima, de nacionalidad paraguaya y sin documento de identidad argentino.
El choque del tren chapa 16 se produjo cuando la formación no frenó y el segundo vagón se acaballó e incrustó en el primero, en el que viajaba Rolón, entonces de 28 daños de edad, provocando su muerte instantánea a causa de politraumatismos, compresión toraco-abdominal y múltiples hemorragias internas.
La camarista Marcela Pérez Pardo votó por excluir de la condena al Estado Nacional, pero los jueces Víctor Liberman y Gabriela Iturbide formaron la mayoría que extendió la responsabilidad aún mediando el contrato de concesión a TBA.
La mayoría sostuvo que el parentesco de los reclamantes con la víctima se había probado con la documentación aportada a la causa, entre ellas partidas de nacimiento y actas notariales.
Agregó que el Estado debe responder por un "elemental principio que hace a todo servicio público", como es asegurar la "indemnidad de los usuarios, protegiéndolos de los riesgos que conlleva la actividad, y si bien el contrato de concesión para la explotación del servicio de transporte genera una delegación de funciones, ésta no puede constituirse en una causal eximente de responsabilidad pues subsiste un indelegable deber del Estado en cuidar de la seguridad de los habitantes del territorio".
Por el choque del tren también se abrió una causa penal, en la que, entre otros fueron condenados los exsecretarios de Transporte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime (a cinco años y seis meses y seis años de prisión, respectivamente); el empresario Claudio Cirigliano (siete años) y el maquinista Marcos Córdoba (tres años y tres meses) y 17 directivos de TBA. (Télam)
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