La Corte bonaerense revoco un fallo que habia absuelto a Juan Pablo Pata Medina
Su abogado Cesar Albarracín anunció que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por considerar "arbitraria" la decisión de la justicia provincial.
Por su parte, su abogado Cesar Albarracín anunció que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por considerar "arbitraria" la decisión de la justicia provincial.
El caso ocurrió en 2017 cuando Medina -el año que fue detenido por "lavado de activos y asociación ilícita" por el que cumple prisión domiciliaria- fue acusado de "compeler a la huelga" a un grupo de albañiles en cinco obras realizadas por la constructora Abes en la ciudad de La Plata.
Luego, en un juicio abreviado se arrepintió de esa acción, aceptó las acusaciones y el Tribunal Oral Criminal N° 5 de La Plata lo encontró culpable y lo condenó a 11 meses de prisión.
Medina apeló ese fallo en Casación y la justicia le dio la razón, por entender que no hubo tal delito de "compulsión a la huelga" es decir "obligar a los trabajadores a parar" las obras, pero ahora esa decisión fue revocada por la Suprema Corte provincial.
"Vamos a recurrir ante la Corte Nacional porque interpretamos que la sentencia de la Corte Bonaerense es arbitraria", dijo a Télam el abogado Albarracín, y explicó que "se hizo un análisis absolutamente parcializado del proceso, omitiendo tener en cuenta que es una de las causas armadas contra Medina por el Gobierno de (Mauricio) Macri y (María Eugenia) Vidal".
"La sentencia de la Corte Bonaerense sienta a la vez un precedente grave, al pretender someter a proceso disciplinario a los jueces que dictaron la absolución, lo que importa un ejercicio abusivo de las potestades disciplinarias y vulnera la independencia interna de los jueces", aseveró.
"No tenemos dudas que este proceso contra Medina va a terminar como corresponde, (con) el sobreseimiento o absolución, siendo llamativo que la Suprema Corte bonaerense no cuestione los abusos cometidos contra mi defendido; entre ellos, el sometimiento a una prisión preventiva de casi dos años y medio por un delito cuya pena máxima, según la propia Corte, es de un año", aseveró.
En febrero pasado, el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata le otorgó la excarcelación en la causa por la que estaba detenido por "lavado de activos y asociación ilícita" por disposición de la justicia de Quilmes.
En el fallo, la justicia le impuso la prohibición de tomar contacto, por cualquier medio, con las víctimas y/o acercarse a sus domicilios laborales o particulares y mantener la prohibición de desplegar cualquier actividad gremial en la Uocra, seccional La Plata u otras seccionales, por lo que Medina permanece con prisión domiciliaria en su vivienda de Punta Lara. (Télam)
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