Confirman procesamiento con multimillonario embargo de bienes
La Camara en lo Penal Economico confirmo hoy el procesamiento con un embargo de $ 34.338.000 a un particular que intento abordar un vuelo para salir del pais con destino a España con casi US$ 50.000 en fajos que llevaba ocultos en su cintura.
Según trascendió en tribunales, la medida, sin prisión preventiva, fue dictada contra H.I.V., por el presunto delito de contrabando de exportación de divisas en grado de tentativa.
La causa penal se originó el 5 de diciembre de 2022 en el aeropuerto internacional de Ezeiza, cuando personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) que controlaba a los pasajeros próximos a embarcar en un vuelo de Air Europa con destino a Madrid, observó que H.I.V. presentaba una protuberancia en la zona de la cintura no acorde a su anatomía.
Tras la requisa se comprobó que el particular portaba, sin haberlo declarado ante las autoridades aduaneras, US$ 48.845 y una cantidad menor de euros y francos suizos.
El pasajero, quien primero había negado la tenencia del dinero y luego que estuviera cometiendo un delito, argumentó que las divisas eran de origen lícito por la venta de un inmueble y que las sacaba del país porque tenía pensado radicarse en España, donde viven sus hijos.
La Sala B de la Cámara expuso que “los billetes de banco de curso legal nacionales o extranjeros son un objeto susceptible de ser importado o exportado y, en consecuencia, mercadería en los términos del artículo 10 del Código Aduanero” y que, en el caso, hubo una “maniobra engañosa”, para “impedir el control”.
Remarcó que “teniendo en cuenta la forma en que se habría encontrado distribuido y oculto el dinero que transportaba consigo H.I.V. al momento de intentar salir del país” se habría cometido una acción “tendiente a sustraer el dinero aludido en cantidad que excedía ampliamente el monto establecido” por las normas legales, que lo fijan en un tope de US$ 10.000.
Los camaristas Roberto Hornos y Carolina Robiglio dijeron que “si bien es razonable transportar dinero de una forma que permita evitar posibles sustracciones o apoderamientos ilegítimos, es cierto también que la forma como H.I.V. llevaba distribuido y acondicionado el dinero que intentó extraer del país, implica, si no ha habido una declaración ante la autoridad aduanera, el propósito de ocultarlo del control”.
Agregaron que “si la intención del imputado hubiera sido realmente la de declarar la existencia de las divisas que intentó extraer del país, hubiera éste requerido información acerca de dónde debía presentarse para cumplir con la declaración” antes y no después que la PSA detectara los valores. (Télam)
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