Universidades: Educación autorizó el retorno a la presencialidad plena
Los detalles.
El Ministerio de Educación de la Nación aprobó la reanudación de las actividades académicas presenciales en universidades e institutos universitarios de todo el país tras eliminar el distanciamiento de 1,5 metros que era obligatorio dentro de las aulas en el marco de la pandemia de coronavirus.
Así lo estableció mediante la resolución 3043/2021, publicada con la firma del ministro de Educación, Jaime Perczyk.
“Establecer que la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, quienes podrán suspender las actividades y reanudarlas conforme a la evolución de la situación epidemiológica”, dice la norma en su artículo 2.
Asimismo, deja sin efecto a la resolución 1084 del 8 de agosto de 2020 que establecía el protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales.
En su artículo 3 indica que “las Instituciones Universitarias pondrán en conocimiento de las autoridades de la Secretaría de Políticas Universitarias las medidas que se adopten en el marco de lo referido en el artículo precedente”.
En este sentido, el texto señala que “resulta factible promover la presencialidad plena en las Instituciones Universitarias, considerando siempre las medidas sanitarias emanadas por las autoridades jurisdiccionales y nacionales en la materia”.
Así lo estableció mediante la resolución 3043/2021, publicada con la firma del ministro de Educación, Jaime Perczyk.
“Establecer que la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, quienes podrán suspender las actividades y reanudarlas conforme a la evolución de la situación epidemiológica”, dice la norma en su artículo 2.
Asimismo, deja sin efecto a la resolución 1084 del 8 de agosto de 2020 que establecía el protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales.
En su artículo 3 indica que “las Instituciones Universitarias pondrán en conocimiento de las autoridades de la Secretaría de Políticas Universitarias las medidas que se adopten en el marco de lo referido en el artículo precedente”.
En este sentido, el texto señala que “resulta factible promover la presencialidad plena en las Instituciones Universitarias, considerando siempre las medidas sanitarias emanadas por las autoridades jurisdiccionales y nacionales en la materia”.
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