Se prorrogo el plazo para que los funcionarios publicos presenten sus declaraciones juradas
Más detalles en la nota.
La Oficina Anticorrupción (OA) prorrogó el vencimiento del plazo en el que los funcionarios públicos debían presentar sus declaraciones juradas patrimoniales, que se extendía hasta fines de mayo, y ahora podrán hacerlo hasta el último día del mes de julio próximo.
Por medio de la Resolución 4/2021 de la Oficina Anticorrupción, a cargo de Félix Crous, publicada hoy en el Boletín Oficial, se formalizó así la prorroga del vencimiento de la presentación de declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos correspondientes a las obligaciones anuales 2020.
Entre los fundamentos de la medida, Crous detalla que "resulta necesario adecuar la fecha de vencimiento" para brindar a los funcionarios declarantes "un plazo factible para completar la aludida información antes de su vencimiento".
En ese sentido, explica que, por resolución de la AFIP, la información incluida en la "Declaración Jurada Patrimonial Integral", será la correspondiente al período fiscal finalizado al 31 de diciembre del año inmediato anterior al de la presentación.
Pero que, en lo que respecta al caso "de los impuestos a las Ganancias como sobre los Bienes Personales, se producirá durante la primera quincena del mes de junio".
Aclara que "la habilitación de los formularios de carga correspondientes a las declaraciones fiscales del ejercicio 2020 resulta condición necesaria para las referidas presentaciones, en el caso de los funcionarios que presenten los formularios de declaración jurada correspondientes al Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales".
La misma resolución instruye a los responsables de las áreas de personal, administración o recursos humanos que procedan a "divulgar el contenido de la presente" a los funcionarios obligados de su respectiva jurisdicción. (Télam)
Por medio de la Resolución 4/2021 de la Oficina Anticorrupción, a cargo de Félix Crous, publicada hoy en el Boletín Oficial, se formalizó así la prorroga del vencimiento de la presentación de declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos correspondientes a las obligaciones anuales 2020.
Entre los fundamentos de la medida, Crous detalla que "resulta necesario adecuar la fecha de vencimiento" para brindar a los funcionarios declarantes "un plazo factible para completar la aludida información antes de su vencimiento".
Entre los fundamentos de la medida, Crous detalla que "resulta necesario adecuar la fecha de vencimiento" para brindar a los funcionarios declarantes "un plazo factible para completar la aludida información antes de su vencimiento".
En ese sentido, explica que, por resolución de la AFIP, la información incluida en la "Declaración Jurada Patrimonial Integral", será la correspondiente al período fiscal finalizado al 31 de diciembre del año inmediato anterior al de la presentación.
Pero que, en lo que respecta al caso "de los impuestos a las Ganancias como sobre los Bienes Personales, se producirá durante la primera quincena del mes de junio".
Aclara que "la habilitación de los formularios de carga correspondientes a las declaraciones fiscales del ejercicio 2020 resulta condición necesaria para las referidas presentaciones, en el caso de los funcionarios que presenten los formularios de declaración jurada correspondientes al Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales".
La misma resolución instruye a los responsables de las áreas de personal, administración o recursos humanos que procedan a "divulgar el contenido de la presente" a los funcionarios obligados de su respectiva jurisdicción. (Télam)
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