El Gobierno bonaerense oficializa la creacion del programa de Buenas Practicas Agricolas
La medida apunta a la producción sustentable para el cuidado del suelo y el uso administrado de agroquímicos.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó hoy la creación del Programa Provincial Buenas Prácticas Agrícolas Suelos Bonaerenses, con el objetivo de favorecer la recuperación y el mejoramiento de los campos, y contribuir con el desarrollo local sostenible y el arraigo rural.
Lo hizo a través de la Resolución 48/2021 del Ministerio de Desarrollo Agrario, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito.
El Programa busca incentivar la producción sustentable basada en el cuidado del suelo y la aplicación responsable de agroquímicos, a partir de la difusión, capacitaciones en la materia, certificaciones y estímulos económicos.
Así, se determinó que podrán inscribirse aquellas personas humanas o jurídicas que cumplan con la adopción de las buenas prácticas agrícolas (BPA) en la producción agrícola que desarrollen.
Los postulantes deberán presentar un análisis que establezca el estado del suelo de las unidades de producción agrícola cuyos resultados los habilitarán a presentar un plan de trabajo trienal de cada unidad de producción agrícola con el objetivo de implementar BPA que permitan mejorar la aptitud del suelo.
"El diseño del plan deberá contemplar la realización de una rotación de cultivos que garantice un balance positivo en cuanto a la fijación de carbono en el suelo; prácticas para evitar la erosión hídrica y eólica; y la implementación de acciones conducentes a la reducción paulatina de la utilización de agroquímicos en la producción", señaló la medida.
Establece además la conformación de una red de agentes territoriales para la implementación y coordinación interjurisdiccional e intersectorial del Programa, a través de la articulación con actores privados y públicos, de nivel municipal, provincial y nacional, que adhieran al Programa.
Los agentes territoriales deberán brindar asistencia técnica a los productores y las productoras para su incorporación al Programa, y la elaboración de un informe de evaluación de factibilidad del plan de trabajo trienal.
Una vez aprobado ese plan, la Dirección Provincial de Agricultura determinará la incorporación de los postulantes al programa y su inscripción en el Registro y luego se irá corroborando el cumplimiento de las metas propuestas, tras lo cual la Dirección de Cereales y Oleaginosas elaborará un informe recomendando o no la categorización del productor registrado como activo.
"Los productores registrados podrán acceder a los incentivos que se otorguen en el marco del Programa, como también a los beneficios que se acuerden con otros organismos", indicó la resolución.
Entre los incentivos, se destacan "un aporte no reintegrable que se calculará de acuerdo al 75% de la siguiente escala: para unidades de producción agrícola de hasta 600 hectáreas el equivalente al 10% de la tasa inmobiliaria; para unidades de producción agrícola de 601 y 1.000 el equivalente al 6%, y para unidades de producción agrícola de 1.001 hectáreas en adelante, con tope máximo de 5.000 el 3% de la tasa inmobiliaria". (Télam)
Lo hizo a través de la Resolución 48/2021 del Ministerio de Desarrollo Agrario, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito.
El Programa busca incentivar la producción sustentable basada en el cuidado del suelo y la aplicación responsable de agroquímicos, a partir de la difusión, capacitaciones en la materia, certificaciones y estímulos económicos.
Así, se determinó que podrán inscribirse aquellas personas humanas o jurídicas que cumplan con la adopción de las buenas prácticas agrícolas (BPA) en la producción agrícola que desarrollen.
Los postulantes deberán presentar un análisis que establezca el estado del suelo de las unidades de producción agrícola cuyos resultados los habilitarán a presentar un plan de trabajo trienal de cada unidad de producción agrícola con el objetivo de implementar BPA que permitan mejorar la aptitud del suelo.
"El diseño del plan deberá contemplar la realización de una rotación de cultivos que garantice un balance positivo en cuanto a la fijación de carbono en el suelo; prácticas para evitar la erosión hídrica y eólica; y la implementación de acciones conducentes a la reducción paulatina de la utilización de agroquímicos en la producción", señaló la medida.
"El diseño del plan deberá contemplar la realización de una rotación de cultivos que garantice un balance positivo en cuanto a la fijación de carbono en el suelo; prácticas para evitar la erosión hídrica y eólica; y la implementación de acciones conducentes a la reducción paulatina de la utilización de agroquímicos en la producción".
Establece además la conformación de una red de agentes territoriales para la implementación y coordinación interjurisdiccional e intersectorial del Programa, a través de la articulación con actores privados y públicos, de nivel municipal, provincial y nacional, que adhieran al Programa.
Los agentes territoriales deberán brindar asistencia técnica a los productores y las productoras para su incorporación al Programa, y la elaboración de un informe de evaluación de factibilidad del plan de trabajo trienal.
Una vez aprobado ese plan, la Dirección Provincial de Agricultura determinará la incorporación de los postulantes al programa y su inscripción en el Registro y luego se irá corroborando el cumplimiento de las metas propuestas, tras lo cual la Dirección de Cereales y Oleaginosas elaborará un informe recomendando o no la categorización del productor registrado como activo.
"Los productores registrados podrán acceder a los incentivos que se otorguen en el marco del Programa, como también a los beneficios que se acuerden con otros organismos", indicó la resolución.
Entre los incentivos, se destacan "un aporte no reintegrable que se calculará de acuerdo al 75% de la siguiente escala: para unidades de producción agrícola de hasta 600 hectáreas el equivalente al 10% de la tasa inmobiliaria; para unidades de producción agrícola de 601 y 1.000 el equivalente al 6%, y para unidades de producción agrícola de 1.001 hectáreas en adelante, con tope máximo de 5.000 el 3% de la tasa inmobiliaria". (Télam)
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