Oficializan que el 6 de abril empieza a regir el Certificado Único de Circulación
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El Gobierno nacional oficializó hoy el aplazamiento para el 6 d abril de la entrada en vigencia del denominado "Certificado Único Habilitante para Circulación", que será desde ese día la única autorización oficial para circular por el país, para las personas que están exceptuadas de cumplir el aislamiento obligatorio dispuesto hasta el 12 de abril, a causa del coronavirus.
Tal como había adelantado ayer a Télam la secretaria de Innovación Tecnológica, Micaela Sánchez Malcom, el Poder Ejecutivo publicó hoy en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 446/2020, por la cual se pone en vigencia desde el 6 de abril el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19”, aprobado por Resolución 48/2020 del domingo último del Ministerio del Interior.
El certificado para circular en auto fue creado para unificar en una sola autorización oficial esa excepción que tienen -entre otros- los trabajadores que, por cumplir una "función esencial", como los de la salud y la seguridad, por ejemplo, deben concurrir a sus empleos.
El documento debía empezar a funcionar el lunes pasado, pero la plataforma web se mantuvo colpasada por sobredemanda tanto el domingo como el lunes, ya que según explicó Sánchez Malcom hubo una "saturación al registrarse un promedio de casi 100 mil entradas" al sitio.
En consecuencia, la decisión de hoy valida hasta el lunes próximo los permisos que vienen rigiendo y, desde ese día, sólo será aceptado el Certificado Unico, que tendrá una duración del "plazo que dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio", según especifica la norma.
Los datos que el usuario brinde en el fomulario de la plataforma digital son tomados como una declaración jurada, por lo que la norma establece que "el falseamiento de datos en la tramitación dará lugar a la aplicación de las sanciones que correspondieren", según indica la decisión administrativa que firman el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro. (Télam)
Tal como había adelantado ayer a Télam la secretaria de Innovación Tecnológica, Micaela Sánchez Malcom, el Poder Ejecutivo publicó hoy en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 446/2020, por la cual se pone en vigencia desde el 6 de abril el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19”, aprobado por Resolución 48/2020 del domingo último del Ministerio del Interior.
El certificado para circular en auto fue creado para unificar en una sola autorización oficial esa excepción que tienen -entre otros- los trabajadores que, por cumplir una "función esencial", como los de la salud y la seguridad, por ejemplo, deben concurrir a sus empleos.
El documento debía empezar a funcionar el lunes pasado, pero la plataforma web se mantuvo colpasada por sobredemanda tanto el domingo como el lunes, ya que según explicó Sánchez Malcom hubo una "saturación al registrarse un promedio de casi 100 mil entradas" al sitio.
En consecuencia, la decisión de hoy valida hasta el lunes próximo los permisos que vienen rigiendo y, desde ese día, sólo será aceptado el Certificado Unico, que tendrá una duración del "plazo que dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio", según especifica la norma.
Los datos que el usuario brinde en el fomulario de la plataforma digital son tomados como una declaración jurada, por lo que la norma establece que "el falseamiento de datos en la tramitación dará lugar a la aplicación de las sanciones que correspondieren", según indica la decisión administrativa que firman el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro. (Télam)
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