José C. Paz: Ishii exime del pago de tasas a comercios e industrias que sufrieron por la pandemia
“Pensamos a futuro y priorizamos el rol de responsabilidad del Estado municipal”, señaló el alcalde.
El Honorable Concejo Deliberante de José C. Paz aprobó la iniciativa del Intendente Mario Ishii para bajar la presión tributaria en el distrito al sector empresario, con el estratégico objetivo de acelerar la recuperación económica tras la pandemia.
La medida beneficia fundamentalmente al sector comercial, pilar de la economía paceña y con un importante rol social por la cantidad de puestos de trabajos existentes en la actividad mercantil.
"Nuestro objetivo va más allá de dar solo una mano para la recuperación de le economía paceña, es que pensamos a futuro y priorizamos el rol de responsabilidad del Estado municipal para que se recuperen las empresas, fundamentalmente las pymes, que crean riqueza y generan trabajo", subrayó Ishii.
Según el intendente, “la ordenanza representa una importante bocanada de aire al comercio paceño y acelerará los tiempos de recuperación tras el 'mazazo' que le pegó la pandemia a la actividad comercial en todo el distrito".
Podés ver:
La ordenanza expresa lo siguiente: “ARTICULO 1º: EXIMIR el pago de los CAPÍTULO V: TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE Y CAPITULO VI: TRIBUTO POR PUBLICIDAD Y PROPAGANDA correspondiente a la Ordenanza Tarifaria 2.020 por los períodos que se han visto impedidos de funcionar los establecimientos industriales y comerciales del Partido de José C. Paz que no han sido declarados de carácter esencial por el Decreto Nacional 297/2020 y la normativa concordante”
ARTICULO 2°: LA eximición establecida en el artículo primero será de un cien por ciento (100%) para los Comercios e Industrias que no registraban deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene al 29 de Febrero de 2020, todo comerciante que tenga deuda al 29 de Febrero de 2.020, para acceder al beneficio deberá acogerse a la moratoria.-
ARTICULO 3°: A todos los Comercios e Industrias que no hayan podido desempeñar su actividad, pero han abonado el impuesto municipal, les quedará un saldo a favor en la próxima facturación del monto abonado.-
ARTICULO 4°: EN aquellos períodos en los cuales la imposibilidad de funcionar no abarcó el período completo, la eximición será proporcional.-
ARTICULO 5°: LA exención deberá ser solicitada por escrito por el contribuyente mediante nota dirigida al Sr. Intendente y presentada ante la Mesa General de Entradas.
ARTICULO 6°: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a prorrogar los planes de pago solicitado por los contribuyentes incluidos en el artículo 1°, los vencimientos de las cuotas que operen a partir de marzo de 2.020, trasladando los mismos a partir del de Enero de 2.021. La solicitud deberá ser realizada por el contribuyente por escrito mediante nota dirigida al Sr. Intendente ante la Mesa General de Entradas Municipal. -
ARTICULO 7°: DURANTE el tiempo de la emergencia, suspéndase el inicio de los Juicios de Apremios por el pago de TSH adeudadas en relación a aquellos contribuyentes que se encuentren alcanzados por el Art. 1 de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 8°: A todos aquellos jubilados, pensionados, discapacitados, Veteranos de Guerra que hayan obtenido la eximición del pago de tasas, derechos y tributos municipales por el año 2.019 que no hayan concurrido a efectuar su renovación por el año 2.020, considerando la situación de emergencia sanitaria, se les otorgará dicha Eximición y exclusivamente por tal período, sin efectuar trámite alguno. Asimismo los que hayan realizado el expediente en el año 2.020 solicitando la eximición, durante el período de confinamiento, obtendrán el mismo beneficio.”
Para el intendente Ishii, las pymes son protagonistas para el desarrollo económico de José C. Paz. La ordenanza, impulsada por el Departamento Ejecutivo municipal, fue acompañada por todos los bloques del Concejo Deliberante local y votada por unanimidad.
Para que los comerciantes puedan acceder a este beneficio otorgado, deben acercarse al área de Mesa General de Entradas de la comuna, dentro del palacio municipal (ubicado en Av. Gaspar Campos 6151) justificando los meses que estuvieron cerrados por la pandemia.
La medida beneficia fundamentalmente al sector comercial, pilar de la economía paceña y con un importante rol social por la cantidad de puestos de trabajos existentes en la actividad mercantil.
"Nuestro objetivo va más allá de dar solo una mano para la recuperación de le economía paceña, es que pensamos a futuro y priorizamos el rol de responsabilidad del Estado municipal para que se recuperen las empresas, fundamentalmente las pymes, que crean riqueza y generan trabajo", subrayó Ishii.
Según el intendente, “la ordenanza representa una importante bocanada de aire al comercio paceño y acelerará los tiempos de recuperación tras el 'mazazo' que le pegó la pandemia a la actividad comercial en todo el distrito".
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La ordenanza expresa lo siguiente: “ARTICULO 1º: EXIMIR el pago de los CAPÍTULO V: TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE Y CAPITULO VI: TRIBUTO POR PUBLICIDAD Y PROPAGANDA correspondiente a la Ordenanza Tarifaria 2.020 por los períodos que se han visto impedidos de funcionar los establecimientos industriales y comerciales del Partido de José C. Paz que no han sido declarados de carácter esencial por el Decreto Nacional 297/2020 y la normativa concordante”
ARTICULO 2°: LA eximición establecida en el artículo primero será de un cien por ciento (100%) para los Comercios e Industrias que no registraban deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene al 29 de Febrero de 2020, todo comerciante que tenga deuda al 29 de Febrero de 2.020, para acceder al beneficio deberá acogerse a la moratoria.-
ARTICULO 3°: A todos los Comercios e Industrias que no hayan podido desempeñar su actividad, pero han abonado el impuesto municipal, les quedará un saldo a favor en la próxima facturación del monto abonado.-
ARTICULO 4°: EN aquellos períodos en los cuales la imposibilidad de funcionar no abarcó el período completo, la eximición será proporcional.-
ARTICULO 5°: LA exención deberá ser solicitada por escrito por el contribuyente mediante nota dirigida al Sr. Intendente y presentada ante la Mesa General de Entradas.
ARTICULO 6°: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a prorrogar los planes de pago solicitado por los contribuyentes incluidos en el artículo 1°, los vencimientos de las cuotas que operen a partir de marzo de 2.020, trasladando los mismos a partir del de Enero de 2.021. La solicitud deberá ser realizada por el contribuyente por escrito mediante nota dirigida al Sr. Intendente ante la Mesa General de Entradas Municipal. -
ARTICULO 7°: DURANTE el tiempo de la emergencia, suspéndase el inicio de los Juicios de Apremios por el pago de TSH adeudadas en relación a aquellos contribuyentes que se encuentren alcanzados por el Art. 1 de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 8°: A todos aquellos jubilados, pensionados, discapacitados, Veteranos de Guerra que hayan obtenido la eximición del pago de tasas, derechos y tributos municipales por el año 2.019 que no hayan concurrido a efectuar su renovación por el año 2.020, considerando la situación de emergencia sanitaria, se les otorgará dicha Eximición y exclusivamente por tal período, sin efectuar trámite alguno. Asimismo los que hayan realizado el expediente en el año 2.020 solicitando la eximición, durante el período de confinamiento, obtendrán el mismo beneficio.”
Para el intendente Ishii, las pymes son protagonistas para el desarrollo económico de José C. Paz. La ordenanza, impulsada por el Departamento Ejecutivo municipal, fue acompañada por todos los bloques del Concejo Deliberante local y votada por unanimidad.
Para que los comerciantes puedan acceder a este beneficio otorgado, deben acercarse al área de Mesa General de Entradas de la comuna, dentro del palacio municipal (ubicado en Av. Gaspar Campos 6151) justificando los meses que estuvieron cerrados por la pandemia.
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