La Justicia Federal ordenó ajustar por salarios las cuotas de los planes de ahorro de autos
La Justicia Federal de Posadas ordenó hoy retrotraer a abril de 2018 las cuotas de planes de ahorro para la compra de vehículos 0 km de varias automotrices en aquellos planes suscriptos antes de esa fecha y a partir de allí actualizarlas de acuerdo
La Justicia Federal de Posadas ordenó hoy retrotraer a abril de 2018 las cuotas de planes de ahorro para la compra de vehículos 0 km de varias automotrices en aquellos planes suscriptos antes de esa fecha y a partir de allí actualizarlas de acuerdo al Índice de Salarios que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), informaron fuentes judiciales.
La medida cautelar colectiva dispuesta por el Juzgado Federal de 1ra Instancia en lo Civil, Comercial y de lo Contencioso Administrativo de Posadas, a cargo de José Luis Casals alcanza a las empresas FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados (Fiat); Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados; Plan Ovalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados; Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados; Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados; Circulo de Inversores S.A.U. de Ahorro para Fines Determinados (Peugeot y Citroën) y Toyota Plan Argentina S.A. de Ahorro para Fines Determinados.
Este fallo de la justicia federal sobre el particular aclara que se entiende por "cuota mensual" al valor final abonado por el consumidor, debiendo formularse este cálculo a la fecha de la próxima cuota a liquidar y para "todos los miembros de la clase aquí representada, salvo aquellos que expresamente manifiesten su voluntad de excluirse".
Además, define como "clase representada" a los usuarios y consumidores que suscribieron sus contratos de adhesión antes de abril de 2018 con las compañías enumeradas y que tengan domicilio dentro de la jurisdicción territorial del Juzgado Federal de Posadas, que incluye también ciudades como Garupá, Candelaria, Concepción de la Sierra, Apóstoles, Fachinal y Azara, entre otras.
Los consumidores que deseen excluirse de la medida cautelar tendrán 10 días para presentarse en el juzgado mencionado donde deberán manifestar su voluntad.
Una vez vencido este plazo, los alcanzados que sí quieran acogerse a la medida, tendrán 10 días para interponer la acción judicial principal que correspondiera, bajo pena de que la medida no produzca efectos.
La medida cautelar es de aplicación inmediata, las empresas podrán apelar pero en el transcurso en el que se tramiten esas apelaciones se deberá cumplir con la cautelar.
El fallo beneficia a unos 5.000 ahorristas que residen en la jurisdicción del Juzgado posadeño, y en breve se hará la misma presentación para la Zona Centro y Norte de la provincia, anticipó uno de los abogados patrocinantes del reclamo, Jair Dib. (Telam)
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