Consideran restrictiva la reglamentación al protocolo Interrupción Legal del Embarazo en la Ciudad de Buenos Aires
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Legisladoras porteñas consideraron hoy "restrictiva" y "en contra del espíritu" de la norma a la reglamentación establecida por el Gobierno porteño para la Ley de adhesión al protocolo nacional para la interrupción legal del embarazo (ILE), por poner límites a la edad gestacional y habilitar la objeción de conciencia institucional, entre otros puntos.
La reglamentación "agrega anexos que no hacen otra cosa que ir en contra del propio protocolo. Habilita la objeción de conciencia institucional, impone que las consultas interdisciplinarias previas a la ILE sean una condición para la misma y no parte del acompañamiento", dijo a Télam la legisladora Ofelia Fernández, del Frente de Todos (FdT).
Fernández se refirió así a la reglamentación publicada esta semana en el Boletín Oficial de la Ciudad de la Ley de adhesión al "protocolo nacional para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE)", aprobada en la Legislatura porteña el pasado 16 de julio.
Dicha reglamentación, elaborada por del Poder Ejecutivo porteño, establece entre otras cosas que "en todos los casos que una persona embarazada se acerque a un efector sanitario (Â…) por consultas sobre ILE, se realizará una consejería previa del equipo interdisciplinario y se le brindará información respecto de las diferentes alternativas y programas de acompañamiento".
De acuerdo al protocolo nacional, en cambio, la "entrevista inicial" o "consejería" es "un espacio de información que tiene el objetivo de que la persona usuaria pueda tomar decisiones autónomas", y el texto no lo menciona como una condición necesaria.
La ILE es la interrupción legal del embarazo por tres causales contempladas en el Código Penal de la Nación desde 1921 y ratificadas por la Corte Suprema de Justicia en 2012: cuando el embarazo es fruto de una violación o pone en peligro la salud o la vida de la persona gestante.
Otro punto de la reglamentación local que generó críticas es el que se refiere a la edad gestacional.
De acuerdo a lo establecido por el Ejecutivo porteño, "si la edad gestacional es mayor a 24 semanas, solo se podrá realizar (la ILE) en caso de riesgo inminente de vida de la madre".
Sobre la edad gestacional, el protocolo nacional no establece límites.
"Cuando el Gobierno de la Ciudad pone en marcha (la ley de adhesión) restringe el protocolo", dijo a Télam la legisladora porteña María Bielli (FdT), y agregó que, por ejemplo, "crea un registro que contempla el ideario institucional para no realizar la interrupción legal del embarazo cuando sabemos que esto no es correcto, ya que el ideario es personal y que entonces no puede, una clínica privada, no hacerse cargo de la implementación de la ILE".
El registro al que se refiere la diputada es el "Programa de Derivación Garantizada a la persona embarazada para instituciones con ideario confesional y/o ético que deriva en la mayoría de profesionales objetores de conciencia", que funcionará en el Ministerio de Salud local.
A este programa podrán inscribirse las instituciones efectoras de salud "cuyos principios fundacionales, estatutos, misiones o reconocidos valores se fundan en un ideario confesional y/o ético que deriva en que la mayoría de profesionales sean objetores de conciencia y que como consecuencia de ello no puedan brindar la prestación de ILE de manera oportuna y eficaz".
La Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito (Regional CABA) también se manifestó sobre este punto en un comunicado que, entre otras cosas, afirma que "el protocolo (nacional) señala la objeción de conciencia individual. El derecho a la interrupción del embarazo, en tanto derecho humano a la salud, debe ser garantizado por todo el sistema de salud, sean instituciones privadas, de obras sociales o públicas".
La diputada cuestionó que, "por otro lado (la reglamentación) restringe la fecha de semanas previstas para poder llevar adelante la ILE y crea una serie de consejerías que, en principio, no serían negativas, pero hay que tener cuidado, porque de ningún modo estas consejerías pueden promover, a quien se acerque a ellas, a que no realice la ILE". (Télam)
La reglamentación "agrega anexos que no hacen otra cosa que ir en contra del propio protocolo. Habilita la objeción de conciencia institucional, impone que las consultas interdisciplinarias previas a la ILE sean una condición para la misma y no parte del acompañamiento", dijo a Télam la legisladora Ofelia Fernández, del Frente de Todos (FdT).
Fernández se refirió así a la reglamentación publicada esta semana en el Boletín Oficial de la Ciudad de la Ley de adhesión al "protocolo nacional para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE)", aprobada en la Legislatura porteña el pasado 16 de julio.
Dicha reglamentación, elaborada por del Poder Ejecutivo porteño, establece entre otras cosas que "en todos los casos que una persona embarazada se acerque a un efector sanitario (Â…) por consultas sobre ILE, se realizará una consejería previa del equipo interdisciplinario y se le brindará información respecto de las diferentes alternativas y programas de acompañamiento".
De acuerdo al protocolo nacional, en cambio, la "entrevista inicial" o "consejería" es "un espacio de información que tiene el objetivo de que la persona usuaria pueda tomar decisiones autónomas", y el texto no lo menciona como una condición necesaria.
La ILE es la interrupción legal del embarazo por tres causales contempladas en el Código Penal de la Nación desde 1921 y ratificadas por la Corte Suprema de Justicia en 2012: cuando el embarazo es fruto de una violación o pone en peligro la salud o la vida de la persona gestante.
Otro punto de la reglamentación local que generó críticas es el que se refiere a la edad gestacional.
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De acuerdo a lo establecido por el Ejecutivo porteño, "si la edad gestacional es mayor a 24 semanas, solo se podrá realizar (la ILE) en caso de riesgo inminente de vida de la madre".
Sobre la edad gestacional, el protocolo nacional no establece límites.
"Cuando el Gobierno de la Ciudad pone en marcha (la ley de adhesión) restringe el protocolo", dijo a Télam la legisladora porteña María Bielli (FdT), y agregó que, por ejemplo, "crea un registro que contempla el ideario institucional para no realizar la interrupción legal del embarazo cuando sabemos que esto no es correcto, ya que el ideario es personal y que entonces no puede, una clínica privada, no hacerse cargo de la implementación de la ILE".
El registro al que se refiere la diputada es el "Programa de Derivación Garantizada a la persona embarazada para instituciones con ideario confesional y/o ético que deriva en la mayoría de profesionales objetores de conciencia", que funcionará en el Ministerio de Salud local.
A este programa podrán inscribirse las instituciones efectoras de salud "cuyos principios fundacionales, estatutos, misiones o reconocidos valores se fundan en un ideario confesional y/o ético que deriva en que la mayoría de profesionales sean objetores de conciencia y que como consecuencia de ello no puedan brindar la prestación de ILE de manera oportuna y eficaz".
La Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito (Regional CABA) también se manifestó sobre este punto en un comunicado que, entre otras cosas, afirma que "el protocolo (nacional) señala la objeción de conciencia individual. El derecho a la interrupción del embarazo, en tanto derecho humano a la salud, debe ser garantizado por todo el sistema de salud, sean instituciones privadas, de obras sociales o públicas".
La diputada cuestionó que, "por otro lado (la reglamentación) restringe la fecha de semanas previstas para poder llevar adelante la ILE y crea una serie de consejerías que, en principio, no serían negativas, pero hay que tener cuidado, porque de ningún modo estas consejerías pueden promover, a quien se acerque a ellas, a que no realice la ILE". (Télam)
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