Política Agencia Télam 05 de diciembre de 2022

Disponen plazos para que partidos politicos bonaerenses obtengan reconocimiento

Con relación al nombre partidario adoptado, así como su cambio o modificación, deberá darse la correspondiente publicidad al resto de los partidos y agrupaciones, reconocidos y en trámite.

La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires dispuso que los partidos bonaerenses deberán obtener el reconocimiento 70 días antes de las elecciones y determinó que las fichas de afiliación tendrán que entregarse 10 días antes de ese trámite.
Así lo resolvió mediante la resolución técnica 146, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito.
"Para obtener la habilitación legal para postular candidatos a cargos públicos electivos a nivel provincial y municipal, las asociaciones políticas deberán indefectiblemente obtener el respectivo reconocimiento hasta 70 días corridos anteriores al fijado como fecha del respectivo primer acto electoral a realizarse en la Provincia", se indicó.
A la vez, se explicó que "el último plazo para la entrega de fichas de afiliación y listados de afiliados emitidos por la Justicia Electoral Nacional con fines de obtener el reconocimiento de ley será 10 días corridos anteriores a la fecha indicada en el punto precedente a las 14 horas".
Se señaló que esos plazos serán improrrogables y se destacó que para iniciar el trámite tendiente a la obtención del reconocimiento de una asociación política, la totalidad de las adhesiones iniciales "deberán estar debidamente certificadas por las autoridades promotoras con firma digital de los apoderados".

junta electoral bonaerense

Con relación al nombre partidario adoptado, así como su cambio o modificación, deberá darse la correspondiente publicidad al resto de los partidos y agrupaciones, reconocidos y en trámite.
En los fundamentos de la decisión se planteó que en 1996 el plazo para para obtener la habilitación legal para postular candidatos a cargos públicos electivos a nivel provincial y municipal era de 90 días.
En 2011 se dictó una resolución y el organismo modificó, en forma excepcional en varias elecciones, la fecha límite establecida "a fin de garantizar la máxima participación de las fuerzas políticas en la contienda electoral, lo que demuestra que con la incorporación de nuevas tecnologías así como también el mayor compromiso ciudadano en la vida democrática, el plazo allí establecido debe adecuarse".
Así, se expuso que "la ampliación en los plazos otorgados por la presente tiene como finalidad fortalecer el principio de participación, rector en materia electoral".

Urnas y comicios

La Junta Electoral apuntó que "como contrapartida de la ampliación de los plazos resulta que sea materialmente imposible conceder prórrogas con el nuevo término previsto, pues ello pondría en riesgo la integridad del proceso electoral, debido a que indefectiblemente este organismo tiene que avocarse a otras tareas propias de la elección que son de su exclusiva competencia".
"Atento la experiencia recogida en otros años electorales y viendo la imposibilidad material de procesar las fichas de afiliación y listados de afiliados emitidos por la Justicia Nacional Electoral en tiempo hábil y así proceder al reconocimiento de partidos provinciales y agrupaciones municipales, se advirtió que debía establecerse un plazo límite para la presentación de las mismas", se añadió. (Télam)

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