El Gobierno promulgo parcialmente el Presupuesto 2023
La "salvedad" reside en uno de los artículos que se refiere a tarifas de energía eléctrica.
El Gobierno nacional promulgó hoy el Presupuesto 2023, aunque lo hizo parcialmente al hacer "una salvedad" en uno de los artículos de la ley referido a las tarifas de energía eléctrica.
La norma fue promulgada a través del decreto 799/2022, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete, luego de la sanción de la denominada "ley de leyes" en el Senado el 16 de noviembre último.
De todas formas, fue parcial debido a la observación por parte del Ejecutivo del tercer párrafo del artículo 89 de la ley 27.701.
Ese punto del proyecto aprobado dispuso que “dado el carácter de servicio público tanto de la distribución como del transporte de la energía eléctrica, el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales deberán publicar, en un período no mayor a noventa (90) días, cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con las obligaciones resultantes del párrafo anterior”.
Si bien la Casa Rosada aclara en los considerados que “la redacción empleada en dicho párrafo y finalmente incorporada a la norma sancionada ha sido definida en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación", remarca de inmediato “que dicho párrafo regula cuestiones vinculadas con los cuadros tarifarios, las cuales no se ajustan a los marcos regulatorios vigentes”.
Por lo tanto, "en virtud de lo expuesto, y toda vez que podría ser considerado como una intromisión en el ámbito provincial, ya que la regulación en el sistema de distribución de la energía eléctrica es de competencia provincial/municipal, excediendo las facultades delegadas a la Nación, resulta necesario observar el tercer párrafo del artículo 89 del proyecto de ley sancionado", argumenta.
De todas formas, concluye que "la presente medida no altera el espíritu ni la unidad del proyecto de ley sancionado".
El Presupuesto del año próximo tiene como puntos centrales la previsión de un gasto global de casi $29 billones, un déficit fiscal de 1,9% y una pauta inflacionaria de 60%, al tiempo que destina 70% de sus recursos a rubros sociales.
La "ley de leyes" fue sancionada por el Senado el 16 de noviembre último con 37 votos a favor.
La iniciativa obtuvo el respaldo del interbloque del Frente de Todos y sus aliados del Frente Renovador de la Concordia de Misiones, de Juntos Somos Río Negro y de Hay Futuro Argentina; en tanto Juntos por el Cambio no participó de la sesión, luego de que el oficialismo resolviera mantener la decisión de designar a tres representantes por el FdT y a uno por la oposición para el Consejo de la Magistratura. (Télam)
La norma fue promulgada a través del decreto 799/2022, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete, luego de la sanción de la denominada "ley de leyes" en el Senado el 16 de noviembre último.
De todas formas, fue parcial debido a la observación por parte del Ejecutivo del tercer párrafo del artículo 89 de la ley 27.701.
Ese punto del proyecto aprobado dispuso que “dado el carácter de servicio público tanto de la distribución como del transporte de la energía eléctrica, el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales deberán publicar, en un período no mayor a noventa (90) días, cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con las obligaciones resultantes del párrafo anterior”.
El Gobierno nacional promulgó hoy el Presupuesto 2023, aunque lo hizo parcialmente al hacer "una salvedad" en uno de los artículos de la ley referido a las tarifas de energía eléctrica.
Si bien la Casa Rosada aclara en los considerados que “la redacción empleada en dicho párrafo y finalmente incorporada a la norma sancionada ha sido definida en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación", remarca de inmediato “que dicho párrafo regula cuestiones vinculadas con los cuadros tarifarios, las cuales no se ajustan a los marcos regulatorios vigentes”.
Por lo tanto, "en virtud de lo expuesto, y toda vez que podría ser considerado como una intromisión en el ámbito provincial, ya que la regulación en el sistema de distribución de la energía eléctrica es de competencia provincial/municipal, excediendo las facultades delegadas a la Nación, resulta necesario observar el tercer párrafo del artículo 89 del proyecto de ley sancionado", argumenta.
De todas formas, concluye que "la presente medida no altera el espíritu ni la unidad del proyecto de ley sancionado".
El Presupuesto del año próximo tiene como puntos centrales la previsión de un gasto global de casi $29 billones, un déficit fiscal de 1,9% y una pauta inflacionaria de 60%, al tiempo que destina 70% de sus recursos a rubros sociales.
La "ley de leyes" fue sancionada por el Senado el 16 de noviembre último con 37 votos a favor.
La iniciativa obtuvo el respaldo del interbloque del Frente de Todos y sus aliados del Frente Renovador de la Concordia de Misiones, de Juntos Somos Río Negro y de Hay Futuro Argentina; en tanto Juntos por el Cambio no participó de la sesión, luego de que el oficialismo resolviera mantener la decisión de designar a tres representantes por el FdT y a uno por la oposición para el Consejo de la Magistratura. (Télam)
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