La Provincia dio marcha atrás con la resolución que habilitaba fumigar en zonas escolares
La resolución se publicó en el Boletín Oficial.
El Ministerio de Agroindustria de la provincia de Buenos Aires, implementó a mediados de diciembre pasado una serie de lineamientos a la hora de fumigar que causó polémica en la comunidad rural y en la oposición. Por lo pronto, desde el peronismo y el kirchnerismo advirtieron sobre los riesgos de fumigar en zonas linderas a escuelas o a cursos de agua o plantas de bombeos utilizados por los distritos.
Tras la presión ejercida, Agroindustria tuvo que modificar el cuestionado artículo 5 además de suspender por el término de un año la resolución que él mismo lanzó en diciembre. De hecho, en el Boletín Oficial se expresó: “Abstenerse en forma total de realizar aplicaciones y pulverizaciones de fitosanitarios, en los lotes que linden con establecimientos educativos, campos de bombeo o baterías de pozos para el abastecimiento público, cuerpos y cursos de agua emplazados en el área rural”.
“Si las mismas se tuvieran que realizar por alguna razón estrictamente justificada, fuera y lejos de los horarios de clases, y de otras actividades, y post finalización de las mismas, y siempre y en todos los casos sin presencia alguna de personas o animales, sólo si o si podrán hacerse, las que cuenten con la intervención de un profesional Ingeniero Agrónomo matriculado, autorizando y documentando las mismas previamente, siendo responsable ante las autoridades locales de dicha práctica y sus consecuencias”, se completó.
Para más información, visite INICIO.
Tras la presión ejercida, Agroindustria tuvo que modificar el cuestionado artículo 5 además de suspender por el término de un año la resolución que él mismo lanzó en diciembre. De hecho, en el Boletín Oficial se expresó: “Abstenerse en forma total de realizar aplicaciones y pulverizaciones de fitosanitarios, en los lotes que linden con establecimientos educativos, campos de bombeo o baterías de pozos para el abastecimiento público, cuerpos y cursos de agua emplazados en el área rural”.
“Si las mismas se tuvieran que realizar por alguna razón estrictamente justificada, fuera y lejos de los horarios de clases, y de otras actividades, y post finalización de las mismas, y siempre y en todos los casos sin presencia alguna de personas o animales, sólo si o si podrán hacerse, las que cuenten con la intervención de un profesional Ingeniero Agrónomo matriculado, autorizando y documentando las mismas previamente, siendo responsable ante las autoridades locales de dicha práctica y sus consecuencias”, se completó.
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