Política Agencia Télam 09 de noviembre de 2023

Confirman sancion economica contra defensor que falto a juicio oral

La Camara en lo Contencioso Administrativo Federal ratifico hoy la sancion economica que el Colegio Publico de la Abogacia de la Capital Federal le impuso a un abogado defensor que, debidamente notificado, no se presento al juicio oral

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó hoy la sanción económica que el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) le impuso a un abogado defensor que, debidamente notificado, no se presentó al juicio oral contra su asistido, confirmaron fuentes judiciales.
Cuando apeló la multa de 30.000 pesos que en mayo de 2022 le impuso el Tribunal de Disciplina del CPACF, el abogado D.Z. (las fuentes mantuvieron en reserva su identidad) sostuvo que su conducta obedeció a una “estrategia procesal” a favor su cliente, E.S.O., procesado por lesiones culposas agravadas.
El procesado, en cambio, expuso que había perdido contacto con su abogado, quien jamás le notificó que el Tribunal Oral en lo Criminal 17 había fijado audiencia de debate para el 6 de agosto de 2019, la que ante su ausencia y la de su defensor, fue suspendida a la vez que se convocó a las partes a brindar explicaciones, bajo apercibimiento de dar intervención al CPACF.
En su recurso contra la multa del CPACF, D.Z., a través de un defensor público oficial, expresó que no hubo perjuicio para el enjuiciado y que no debía ser objeto de reproche, por lo que se le atribuyó como una falta al ejercicio profesional de la abogacía “pudo haber obedecido a una estrategia procesal”.
Al resolver, la Sala III de la Cámara ponderó que, tras ser designado por el procesado, D.Z. “aceptó el cargo” en setiembre de 2018, oportunidad en la que constituyó un “domicilio procesal” al que se le cursaron las notificaciones inherentes al juicio.
Los camaristas Sergio Gustavo Fernández y Carlos Grecco consideraron que, con su recurso, el letrado no demostró haberse desempeñado con “la debida diligencia respecto de su actuación profesional”, y solo efectuó “lacónicas y genéricas afirmaciones desprovistas de fundamento” como para revocar la sanción.
Las fuentes agregaron que el rechazo del recurso incluyó la condena a pagar las costas de la causa, un monto nominal de algo más del cuádruple del de la multa. (Télam)

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