Prision preventiva para el jugador de tenis de mesa chileno por el abuso de una deportista argentina
El jugador de tenis de mesa chileno que estuvo profugo de la justicia argentina y lo extraditaron desde su pais a fines de diciembre pasado fue procesado con prision preventiva como acusado de haber abusado sexualmente de una adolescente de 14 años,
Se trata del chileno Juan Pablo Lamadrid Barraza (25), a quien la jueza nacional en lo Criminal y Correccional 40, Paula Verónica González, le dictó el procesamiento como "autor" del delito de "abuso sexual con acceso carnal" y también le trabó un embargo de 7 millones de pesos sobre sus bienes.
El hecho investigado fue cometido el 14 diciembre de 2017 y denunciado posteriormente por la propia víctima, quien por entonces tenía 14 años.
De acuerdo al fallo de 15 páginas de la magistrada al que accedió Télam, al momento del abuso se desarrollaba en el Cenard una serie de competencias nacionales e internacionales de tenis de mesa para adultos y menores de edad.
En esas circunstancias, la adolescente fue abordada por Lamadrid Barraza y, según consta en el sumario, el agresor la "sujetó con fuerza" y "la obligó a ingresar a un cuarto de máquinas" donde abusó de ella, tras lo cual se retiró del lugar.
En agosto último la víctima finalmente realizó la denuncia, con intervención de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y en acuerdo con la querella, representada por el abogado Gustavo Romano Dufau, se libró la orden de captura nacional e internacional del sospechoso.
"Es todo un proceso muy duro. Muy duro asimilar lo que pasó. En el momento no tenía las herramientas ni la capacidad para entender con palabras propias lo que había pasado", recordó la propia víctima en declaraciones a la prensa días después de hacer la denuncia penal.
La chica contó que al año siguiente ella debía competir en un torneo sudamericano y que comenzó a tener "ataques de pánico" y sentía "miedo" de volverlo a ver, por lo que tiempo después decidió dejar de practicar en el Cenard y en la Selección Argentina, aunque en ese momento no reveló el motivo por el cual lo hizo.
En tanto, luego de ordenada la captura del deportista mediante la Notificación Roja de Interpol, los agentes de la División Investigación Federal de Fugitivos y Extradiciones de la Policía Federal Argentina (PFA) iniciaron la pesquisa y determinaron que el prófugo podría encontrarse en Chile.
Por este motivo, se produjo un intercambio de información con la Oficina Central Nacional Santiago de Interpol, quienes finalmente detuvieron a Lamadrid Barraza el 21 de septiembre pasado.
Tras la detención se iniciaron los trámites administrativos y judiciales, a través de los canales oficiales y por la vía diplomática, para avanzar en la extradición y traslado del detenido a Argentina, el cual se concretó el 22 de diciembre pasado con su arribo al Aeroparque Jorge Newbery, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por su parte, el imputado dijo al ser indagado por la justicia que él era una persona conocida en el ambiente del tenis de mesa, negó haber cometido el abuso y aseguró que desconocía el motivo por el cual la denunciante lo acusó de la violación.
En cuanto al 14 de diciembre, señaló que su equipo tenía reglas estrictas de permanecer en grupo, ver los partidos de sus compañeras y que no podían deambular por el predio.
Sin embargo, la jueza González valoró las pruebas incorporadas a la investigación, entre ellas declaraciones testimoniales de otros competidores, pericias psicológicas y constancias de las Federaciones de Tenis de Mesa de Argentina y Chile que, contra lo dicho por el imputado, informaron la presencia de agresor y víctima en el Cenard el día sindicado como el de la violación.
La magistrada concluyó que las pruebas reunidas durante la pesquisa "han confirmado la ocurrencia de los hechos investigados".
"El testimonio de la víctima -que reiteró en idénticos términos ante diversos interlocutores y en distintos momentos- constituye un aporte de inmenso valor cargoso y especialmente valorable a los fines de tener por acreditada la materialidad de la conducta descripta", aseguró la jueza en su resolución.
Y en ese sentido abundó: "El testimonio se complementa de modo coherente con otros indicios que, valorados en su conjunto, robustecen la verosimilitud de la versión de la joven e impiden tenerla por desvirtuada por el descargo de inocencia vertido por el imputado." (Télam)
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