Gobierno bonaerense oficializo el protocolo para la vuelta a clases presenciales
Los detalles.
El Gobierno bonaerense oficializó hoy el protocolo para la vuelta a las clases presenciales en los casi 16 mil establecimientos educativos de la provincia de Buenos Aires con vistas al inicio del ciclo lectivo que comienza el próximo lunes para el nivel inicial y primario. Se trata de una actualización del Plan Jurisdiccional para un Regreso Seguro a las Clases presenciales que se realizó considerando los acuerdos alcanzados por el Consejo Federal de Educación, los aprendizajes obtenidos en las experiencias de presencialidad desarrolladas el año pasado y las nuevas evidencias en el país y a nivel internacional en la materia.
El protocolo establece pautas obligatorias y orientativas para la organización institucional y pedagógica de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de enseñanza de la provincia de Buenos Aires, tanto de gestión estatal como privada.
Prevé que dichas pautas deben ser implementadas según las características de las regiones educativas, de los distritos y de cada establecimiento escolar, con el objetivo de garantizar la máxima presencialidad posible, siempre en el marco de una política de cuidado para toda la comunidad educativa, en el marco de la pandemia de coronavirus.
Así, establece que la cantidad de alumnos en forma presencial dependerá de la superficie con que cuenta el aula, debiéndose mantener una distancia de 1,5 metros entre estudiantes y de 2 metros con la o el docente. Contempla que la jornada escolar es de 4 horas incluyendo tiempos de descanso, que el uso de tapaboca es obligatorio para las y los estudiantes desde el Nivel Primario en adelante y que a partir de la sala de 3 de Nivel Inicial se promueve su uso todo el tiempo que sea posible. La ventilación natural de los ambientes, especialmente de las aulas, debe realizarse en forma permanente, aunque aclara que si por razones climáticas o de otra índole, las puertas y ventanas no pueden permanecer constantemente abiertas, deben abrirse cada 20 minutos durante un lapso de 5 minutos.
Ratifica que se deben pautar horarios escalonados de ingreso y salida de la escuela para evitar concentraciones, que los estudiantes, docentes y auxiliares deben higienizar de manera frecuente sus manos -al menos cada 90 minutos-, que se debe tomar la temperatura antes del ingreso a clases y que permanecerán cerrados los quioscos y comedores. Determina también que en aquellos establecimientos en los que la presencialidad pueda ser completa, las y los estudiantes tendrán clases presenciales de lunes a viernes, durante cuatro horas, todas las semanas.
Este modelo se utiliza cuando la cantidad de estudiantes de una sección es menor o igual a la capacidad máxima del aula, según el distanciamiento físico requerido (1,5 metros entre estudiantes y dos metros en relación al docente). En tanto, en el resto se aplicará la presencialidad combinada en la cual las secciones se dividen en subgrupos que alternan la asistencia presencial en bloques semanales de días de clases, de forma tal que cada subgrupo tiene clases presenciales durante una semana y realiza actividades educativas no presenciales la siguiente. Además, introduce la posibilidad de implementar una nueva modalidad denominada asistencia programada, que implica la conformación de grupos de estudiantes de mayor tamaño que lo que indica la capacidad máxima del aula, con la condición de que dentro del grupo haya estudiantes que, por día y en forma rotativa, no asistan a la escuela durante los días en que el grupo tiene clases presenciales.
A modo de ejemplo, citan que, si en un aula entran 18 estudiantes pero el grupo está conformado por 20, se puede organizar la presencialidad para que rotativamente haya dos estudiantes que no concurran a clase cada día. Asimismo, garantiza también la continuidad pedagógica no presencial para estudiantes que pertenezcan a grupos de riesgo o convivan con personas en esta situación; estudiantes que concurran a escuelas en las que, por decisión de las autoridades educativas y sanitarias jurisdiccionales, no puedan habilitarse actividades presenciales por un tiempo determinado o aquellos que residan en distritos que se encuentren en ASPO (aislamiento social preventivo y obligatorio) y concurran a escuelas de distritos en DISPO (distanciamiento social).
El protocolo actualizado establece también que, ante un caso sospechoso o confirmado de coronavirus, debe aislarse no sólo el grupo de alumnos sino también los docentes que hayan estado frente al grado. Así, si el caso confirmado es de un o una docente, se deberá aislar durante 14 días corridos al o los grupos con los que estuvo en contacto las 48 horas anteriores al inicio de los síntomas o a la realización del test en caso de que la persona sea asintomática. Si el caso confirmado corresponde a una o un estudiante, se deberá aislar durante 14 días corridos al grupo al cual pertenece, y a las y los docentes que le hayan impartido clases hasta 48 horas antes del inicio de los síntomas o realización del test.
Ante la presencia de un caso sospechoso se tomarán las mismas medidas de aislamiento hasta la confirmación o descarte de la situación y si es descartado por la autoridad sanitaria, el grupo de estudiantes y el o la docente retoman las actividades presenciales.
Además, establece que las y los estudiantes tienen que presentar una declaración jurada firmada por la persona adulta responsable (o el mecanismo que la reemplace en el futuro), dejando constancia de que se encuentran en condiciones de salud para asistir al establecimiento educativo y que frente a la aparición de síntomas compatibles con Covid-19 no asistirán a la escuela y notificarán inmediatamente la situación a la escuela. (Télam)
El protocolo establece pautas obligatorias y orientativas para la organización institucional y pedagógica de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de enseñanza de la provincia de Buenos Aires, tanto de gestión estatal como privada.
Prevé que dichas pautas deben ser implementadas según las características de las regiones educativas, de los distritos y de cada establecimiento escolar, con el objetivo de garantizar la máxima presencialidad posible, siempre en el marco de una política de cuidado para toda la comunidad educativa, en el marco de la pandemia de coronavirus.
Así, establece que la cantidad de alumnos en forma presencial dependerá de la superficie con que cuenta el aula, debiéndose mantener una distancia de 1,5 metros entre estudiantes y de 2 metros con la o el docente. Contempla que la jornada escolar es de 4 horas incluyendo tiempos de descanso, que el uso de tapaboca es obligatorio para las y los estudiantes desde el Nivel Primario en adelante y que a partir de la sala de 3 de Nivel Inicial se promueve su uso todo el tiempo que sea posible. La ventilación natural de los ambientes, especialmente de las aulas, debe realizarse en forma permanente, aunque aclara que si por razones climáticas o de otra índole, las puertas y ventanas no pueden permanecer constantemente abiertas, deben abrirse cada 20 minutos durante un lapso de 5 minutos.
Ratifica que se deben pautar horarios escalonados de ingreso y salida de la escuela para evitar concentraciones, que los estudiantes, docentes y auxiliares deben higienizar de manera frecuente sus manos -al menos cada 90 minutos-, que se debe tomar la temperatura antes del ingreso a clases y que permanecerán cerrados los quioscos y comedores. Determina también que en aquellos establecimientos en los que la presencialidad pueda ser completa, las y los estudiantes tendrán clases presenciales de lunes a viernes, durante cuatro horas, todas las semanas.
Este modelo se utiliza cuando la cantidad de estudiantes de una sección es menor o igual a la capacidad máxima del aula, según el distanciamiento físico requerido (1,5 metros entre estudiantes y dos metros en relación al docente). En tanto, en el resto se aplicará la presencialidad combinada en la cual las secciones se dividen en subgrupos que alternan la asistencia presencial en bloques semanales de días de clases, de forma tal que cada subgrupo tiene clases presenciales durante una semana y realiza actividades educativas no presenciales la siguiente. Además, introduce la posibilidad de implementar una nueva modalidad denominada asistencia programada, que implica la conformación de grupos de estudiantes de mayor tamaño que lo que indica la capacidad máxima del aula, con la condición de que dentro del grupo haya estudiantes que, por día y en forma rotativa, no asistan a la escuela durante los días en que el grupo tiene clases presenciales.
A modo de ejemplo, citan que, si en un aula entran 18 estudiantes pero el grupo está conformado por 20, se puede organizar la presencialidad para que rotativamente haya dos estudiantes que no concurran a clase cada día. Asimismo, garantiza también la continuidad pedagógica no presencial para estudiantes que pertenezcan a grupos de riesgo o convivan con personas en esta situación; estudiantes que concurran a escuelas en las que, por decisión de las autoridades educativas y sanitarias jurisdiccionales, no puedan habilitarse actividades presenciales por un tiempo determinado o aquellos que residan en distritos que se encuentren en ASPO (aislamiento social preventivo y obligatorio) y concurran a escuelas de distritos en DISPO (distanciamiento social).
El protocolo actualizado establece también que, ante un caso sospechoso o confirmado de coronavirus, debe aislarse no sólo el grupo de alumnos sino también los docentes que hayan estado frente al grado. Así, si el caso confirmado es de un o una docente, se deberá aislar durante 14 días corridos al o los grupos con los que estuvo en contacto las 48 horas anteriores al inicio de los síntomas o a la realización del test en caso de que la persona sea asintomática. Si el caso confirmado corresponde a una o un estudiante, se deberá aislar durante 14 días corridos al grupo al cual pertenece, y a las y los docentes que le hayan impartido clases hasta 48 horas antes del inicio de los síntomas o realización del test.
Ante la presencia de un caso sospechoso se tomarán las mismas medidas de aislamiento hasta la confirmación o descarte de la situación y si es descartado por la autoridad sanitaria, el grupo de estudiantes y el o la docente retoman las actividades presenciales.
Además, establece que las y los estudiantes tienen que presentar una declaración jurada firmada por la persona adulta responsable (o el mecanismo que la reemplace en el futuro), dejando constancia de que se encuentran en condiciones de salud para asistir al establecimiento educativo y que frente a la aparición de síntomas compatibles con Covid-19 no asistirán a la escuela y notificarán inmediatamente la situación a la escuela. (Télam)
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