Apartan de la causa al juez que envio a la carcel a un senador procesado en San Luis
La Camara del Crimen N°1 de Villa Mercedes decidio apartar de la causa "por temor de parcialidad" al juez penal, Leandro Estrada, quien proceso y envio a la carcel al senador provincial Ariel Rosendo , por los delitos de "robo doblemente
La Cámara del Crimen N°1 de Villa Mercedes decidió apartar de la causa "por temor de parcialidad" al juez penal, Leandro Estrada, quien procesó y envió a la cárcel al senador provincial Ariel Rosendo (PJ), por los delitos de "robo doblemente calificado por efracción o fractura y por ser en poblado y en banda", "desobediencia a una orden judicial" y "violación de las medidas antipandémicas en concurso real".
En su decisorio, los jueces Hernán Diego Herrera, Virna Milena Eguinoa y Eduardo Sebastían Cadelago Filippi, consideraron que no resulta "aconsejable" que un Juez de Instrucción en lo Penal decida sobre la atribución del cuidado unilateral de una niña, sin contar con un dictamen previo de algún miembro del Ministerio Pupilar".
"Aún cuando ello se haga de un modo provisorio", aclararon los camaristas y agregaron "aún cuando éste hubiere tenido nobles intenciones protectorias", como lo hizo el juez recusado ante la ausencia de una sentencia del Juzgado de Familia y del juzgado Civil, donde recayó el pedido de "urgente" decisión del destino de la adolescente.
El hecho tenido en cuenta por la Cámara, fue que el juez Estrada ante la posibilidad de que la niña quedará bajo guarda de extraños, por no tener familia en la ciudad de Villa Mercedes, intentó que quedara en custodia de su madre, la ex esposa del Senador, quien inició la causa por violencia de género contra el procesado.
La actitud del magistrado, que tenía estado "provisorio", respondió a la necesidad de cumplir con una orden judicial de prisión preventiva que fue dilatada por la negativa del Senado Provincial de concederle el allanamiento de fueros en una primera instancia y luego por la internación del procesado en una clínica privada de Villa Mercedes, aludiendo cuestiones de salud que una Junta médica determinó como "inexistentes".
En ese marco, Estrada pidió a la jueza de Familia, Lorena Baéz, que se expidiera sobre el destino de la adolescente, pero la jueza se excuso y aclaró que la guarda provisoria otorgada al detenido "no estaba vigente" por lo que causa paso al jugado de familia en lo Civil, cuyo juez también se excuso y generó un "conflicto de competencia".
Finalmente, y un día después de la detención del senador, el juez Rossi dio en guarda a la adolescente a un referente emocional, el ex diputado Walter Ohio (PRO), que cuenta con antecedentes en violencia de género, a la espera de la llegada de los abuelos paternos, quienes ya se encuentran la en la ciudad de Villa Mercedes.
Esta fue la controversia que dirimió la Cámara en su sentencia, desechando todo el resto de la argumentación de la defensa que atacaba al Juez Estrada y a la abogada defensora de la ex esposa de Rosendo, Leticia Latini, por considerar que "no incorpora elementos de pruebas tendientes a acreditar las supuestas causales de recusación", por lo que ahora la causa quedará en manos de la jueza Penal N°3, Mirta Ucelay. (Télam)
En su decisorio, los jueces Hernán Diego Herrera, Virna Milena Eguinoa y Eduardo Sebastían Cadelago Filippi, consideraron que no resulta "aconsejable" que un Juez de Instrucción en lo Penal decida sobre la atribución del cuidado unilateral de una niña, sin contar con un dictamen previo de algún miembro del Ministerio Pupilar".
"Aún cuando ello se haga de un modo provisorio", aclararon los camaristas y agregaron "aún cuando éste hubiere tenido nobles intenciones protectorias", como lo hizo el juez recusado ante la ausencia de una sentencia del Juzgado de Familia y del juzgado Civil, donde recayó el pedido de "urgente" decisión del destino de la adolescente.
El hecho tenido en cuenta por la Cámara, fue que el juez Estrada ante la posibilidad de que la niña quedará bajo guarda de extraños, por no tener familia en la ciudad de Villa Mercedes, intentó que quedara en custodia de su madre, la ex esposa del Senador, quien inició la causa por violencia de género contra el procesado.
La actitud del magistrado, que tenía estado "provisorio", respondió a la necesidad de cumplir con una orden judicial de prisión preventiva que fue dilatada por la negativa del Senado Provincial de concederle el allanamiento de fueros en una primera instancia y luego por la internación del procesado en una clínica privada de Villa Mercedes, aludiendo cuestiones de salud que una Junta médica determinó como "inexistentes".
En ese marco, Estrada pidió a la jueza de Familia, Lorena Baéz, que se expidiera sobre el destino de la adolescente, pero la jueza se excuso y aclaró que la guarda provisoria otorgada al detenido "no estaba vigente" por lo que causa paso al jugado de familia en lo Civil, cuyo juez también se excuso y generó un "conflicto de competencia".
Finalmente, y un día después de la detención del senador, el juez Rossi dio en guarda a la adolescente a un referente emocional, el ex diputado Walter Ohio (PRO), que cuenta con antecedentes en violencia de género, a la espera de la llegada de los abuelos paternos, quienes ya se encuentran la en la ciudad de Villa Mercedes.
Esta fue la controversia que dirimió la Cámara en su sentencia, desechando todo el resto de la argumentación de la defensa que atacaba al Juez Estrada y a la abogada defensora de la ex esposa de Rosendo, Leticia Latini, por considerar que "no incorpora elementos de pruebas tendientes a acreditar las supuestas causales de recusación", por lo que ahora la causa quedará en manos de la jueza Penal N°3, Mirta Ucelay. (Télam)
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