Argentina Agencia Télam 15 de mayo de 2019

La jueza le dio la domiciliaria a Conzi por una afeccion cardiaca que no puede tratarse en un penal

La jueza de Ejecucion Penal de San Isidro Victoria Garcia Maañon, quien le otorgo a Horacio Conzi la prision domiciliaria con tobillera electronica, explico que le dio el beneficio ante un informe medico “categorico” que señala que el condenado
La jueza de Ejecución Penal de San Isidro Victoria García Maañón, quien le otorgó a Horacio Conzi la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, explicó que le dio el beneficio ante un informe médico “categórico” que señala que el condenado por el crimen de Marcos Schenone tiene una afección cardíaca que no se puede tratar en el ámbito penitenciario.
“Resolví conforme a derecho. Es todo transparente y no hay nada que ocultar. Las cuestiones de salud exceden cualquier otra cosa”, dijo a Télam la jueza de Ejecución Penal 2 de San Isidro.
García Maañón explicó que la defensa de Conzi (59), condenado a 24 años y nueve meses de prisión por el crimen de Schenone, cometido en Béccar en 2003, “ya desde el año pasado venía pidiendo asistencia médica por un problema de salud que es una arritmia cardíaca”.
La magistrada contó que, ante ese problema, la primera medida que tomó fue cambiar a Conzi de la cárcel de Campana, donde cumplía su condena, a la Unidad 48 de San Martín, “para que esté más cerca de un nosocomio” que pueda tratarlo.
Sin embargo, la jueza contó que “por el tipo de arritmia que presenta Conzi” -fibrilación auricular-, amerita ser “anticoagulado” y que por ello en un principio los médicos indicaron que se le debía suministrar “aspirinas”.
“Al cabo de un tiempo los médicos indicaron que para esta dolencia específica la aspirina no servía y debía tomar otro tipo de anticoagulante. Pero lo más importante es que la dosificación de ese medicamento debía estar controlada una vez por semana por el riesgo que existe de que se genere una embolia o un derrame cerebral”, comentó la jueza.
A partir de ello, la defensora oficial Patricia Colombo, quien representa al empresario gastronómico en la ejecución de su pena, pidió el arresto domiciliario.
García Maañón recordó que en principio se opuso al beneficio porque se pidieron informes, primero al Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) y luego a la Asesoría Pericial San Isidro, y “los médicos fueron ambiguos”.
“Yo deniego la domiciliaria porque algunos médicos decían que podía seguir con aspirina en una unidad penitenciaria pero la defensa apeló y la Sala I de la Cámara de San Isidro ordenó que el perito de la Asesoría Pericial se explaye y específicamente diga si Conzi podía o no ser tratado en un ámbito carcelario”, señaló.
La jueza contó que “luego de otra serie de estudios, el médico de la Asesoría Pericial se expidió con un informe categórico en el que señalaba que de acuerdo a su patología Conzi no se podía anticoagular en el ámbito penitenciario”.
La magistrada corrió vistas, la fiscal de ejecución penal María del Carmen Gigante no se opuso y así García Maañón le otorgó a Conzi el beneficio, ya que, explicó, “se encuadra en las previsiones del incido 'a' del articulo 10 del Código Penal”, que permite a un condenado la prisión domiciliaria “cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario”.
“Queda claro la necesidad de que el aquí penado Horacio Santiago Conzi, requiere para su afección cardíaca la instauración de un tratamiento anticoagulante en pos de la prevención de tromboembolias, accidentes cerbrovasculares, muerte súbita y/o morbilidad cardiovascular”, señaló la jueza en el fallo al que accedió Télam.
En la resolución también sostuvo que Conzi “no puede ser tratado adecuadamente bajo la órbita del Servicio Penitenciario Bonaerense, por cuestiones que en definitiva no sólo le son totalmente ajenas, sino también a los galenos que llevan su control y evolución; poniendo en riesgo su salud”.
García Maañón aclaró que si no le avisó a los hermanos de Schenone sobre su resolución porque si bien fue sancionada la "Ley de víctimas", en provincia de Buenos Aires "no está reglamentada" y porque en el incidente de Ejecución Penal no estaba presentado ningún familiar de la víctima, luego de la muerte de ambos padres de Schenone, Eugenio y Elsa.
La jueza admitió que la defensora de Conzi -quien estuvo preso 16 años y, según el cómputo que consta en la causa, su pena vence el 13 de diciembre de 2027-, ya pidió su libertad condicional por haber cumplido las dos terceras partes de su condena, aunque "aún no hay resolución".
Conzi fue condenado por haber asesinado el 16 de enero de 2003 a Marcos Schenone (23) luego de perseguir y efectuar 14 disparos contra el remís en el que viajaba la víctima en avenido del Libertador a la altura de Béccar.
El móvil del ataque fue que Conzi tuvo un ataque se celos cuando vio dentro de su restaurante "Dallas-Las Olas Boulevard" que Schenone se besaba con Paula Alonso, una joven que él había intentado conquistar. (Télam)

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