Prohiben el ingreso de mas reclusos al penal de Marcos Paz debido a la superpoblacion
La Sala II de la Camara Federal de Casacion Penal ordeno hoy que no ingresen mas detenidos al penal de Marcos Paz, a causa de la superpoblacion en sus celdas y en respuesta a un habeas corpus presentado por la Comision de Carceles de la Defensoria
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal ordenó hoy que no ingresen más detenidos al penal de Marcos Paz, a causa de la superpoblación en sus celdas y en respuesta a un habeas corpus presentado por la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación (DGN).
También dispuso que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) reubique en un plazo de 120 días a los detenidos alojados en celdas en cuyo interior se incorporaron camas adicionales.
En noviembre del año pasado, la Comisión presentó una medida cautelar para que se impidiera la instalación de camas adicionales en las celdas individuales del penal de Marcos Paz y también solicitó que se retrotrajera la situación al estado anterior hasta tanto una sentencia judicial determinara la capacidad de alojamiento del complejo penitenciario.
En un fallo por mayoría, los camaristas Alejandro Slokar y Ángela Ledesma citaron la regla “Nelson Mandela”, que indica que “cuando los dormitorios sean celdas o cuartos individuales, cada uno de estos será ocupado por un solo recluso".
Slokar fundó su voto en que el encierro de personas en las actuales condiciones "configura un agravamiento en las condiciones de detención incompatible con los derechos garantizados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos".
En la misma línea, Ledesma advirtió que frente a la emergencia reconocida por las autoridades del Estado en materia de capacidad carcelaria, seguir incorporando detenidos en los complejos penitenciarios “podría generar nuevos escenarios de agravamiento de las condiciones de detención” que violen leyes y acuerdos internacionales en materia de derechos humanos.
En su voto en disidencia, el juez Guillermo Yacobucci, sostuvo que “la medida de no innovar solicitada por los recurrentes ha perdido virtualidad, puesto que las circunstancias de hecho que se pretendían mantener en su status quo han sido modificadas por orden de las autoridades del Servicio Penitenciario Federal no sólo en lo atinente a las condiciones edilicias sino que se ha avanzado mucho más”.
El camarista se refirió así a que “se ha concretado el traslado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de las Nación para que dentro del ámbito de la emergencia penitenciaria extreme las medidas tendientes a respetar los cupos habilitados para el funcionamiento adecuado del Complejo Penitenciario II de Marcos Paz".
El fallo de la Cámara estuvo en línea con lo planteado desde el Ministerio Público Fiscal por el titular de la Fiscalía General Nº 4, Javier De Luca.
(Télam)
También dispuso que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) reubique en un plazo de 120 días a los detenidos alojados en celdas en cuyo interior se incorporaron camas adicionales.
En noviembre del año pasado, la Comisión presentó una medida cautelar para que se impidiera la instalación de camas adicionales en las celdas individuales del penal de Marcos Paz y también solicitó que se retrotrajera la situación al estado anterior hasta tanto una sentencia judicial determinara la capacidad de alojamiento del complejo penitenciario.
En un fallo por mayoría, los camaristas Alejandro Slokar y Ángela Ledesma citaron la regla “Nelson Mandela”, que indica que “cuando los dormitorios sean celdas o cuartos individuales, cada uno de estos será ocupado por un solo recluso".
Slokar fundó su voto en que el encierro de personas en las actuales condiciones "configura un agravamiento en las condiciones de detención incompatible con los derechos garantizados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos".
En la misma línea, Ledesma advirtió que frente a la emergencia reconocida por las autoridades del Estado en materia de capacidad carcelaria, seguir incorporando detenidos en los complejos penitenciarios “podría generar nuevos escenarios de agravamiento de las condiciones de detención” que violen leyes y acuerdos internacionales en materia de derechos humanos.
En su voto en disidencia, el juez Guillermo Yacobucci, sostuvo que “la medida de no innovar solicitada por los recurrentes ha perdido virtualidad, puesto que las circunstancias de hecho que se pretendían mantener en su status quo han sido modificadas por orden de las autoridades del Servicio Penitenciario Federal no sólo en lo atinente a las condiciones edilicias sino que se ha avanzado mucho más”.
El camarista se refirió así a que “se ha concretado el traslado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de las Nación para que dentro del ámbito de la emergencia penitenciaria extreme las medidas tendientes a respetar los cupos habilitados para el funcionamiento adecuado del Complejo Penitenciario II de Marcos Paz".
El fallo de la Cámara estuvo en línea con lo planteado desde el Ministerio Público Fiscal por el titular de la Fiscalía General Nº 4, Javier De Luca.
(Télam)
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