ARBA le puso fecha límite a comercios que no usan posnet
Se podrán aplicar sanciones a aquellos que no tengan disponible el sistema para sus clientes.
A partir del próximo año, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), podrá aplicar sanciones que llegan hasta la clausura a los comercios de la Provincia que no tengan disponible el sistema de posnet para sus clientes, que es obligatorio desde este 2018.
La nueva reglamentación fue incluida en la ley impositiva aprobada en la Legislatura por impulso del Ejecutivo pero con amplio respaldo de los bloques opositores del Frente Renovador, el Peronismo Unidad y Renovación.
En este sentido, el artículo 85 de la norma, dispone que a partir de ahora en su inciso 2 bis se sancionará a quienes “no posean talonarios, controladores fiscales u otro medio para emitir facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicio en la forma y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, o no cuenten con los dispositivos necesarios implementados en cumplimiento del Título II de la Ley N° 27.253 y/o en las normas nacionales vigentes complementarias, y conforme a la reglamentación aplicable”.
Para más información, visite INICIO.
La nueva reglamentación fue incluida en la ley impositiva aprobada en la Legislatura por impulso del Ejecutivo pero con amplio respaldo de los bloques opositores del Frente Renovador, el Peronismo Unidad y Renovación.
El uso de posnet en comercios es obligatorio desde este año.
En este sentido, el artículo 85 de la norma, dispone que a partir de ahora en su inciso 2 bis se sancionará a quienes “no posean talonarios, controladores fiscales u otro medio para emitir facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicio en la forma y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, o no cuenten con los dispositivos necesarios implementados en cumplimiento del Título II de la Ley N° 27.253 y/o en las normas nacionales vigentes complementarias, y conforme a la reglamentación aplicable”.
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