Cambios en los subsidios de energía: qué establece el nuevo régimen
El decreto publicado en el Boletín Oficial elimina los tres niveles de ingresos y crea un régimen focalizado con nuevos requisitos de acceso.
El Gobierno nacional oficializó la creación del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) mediante el decreto 943/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial. La medida introduce una modificación integral en el sistema de subsidios energéticos de jurisdicción nacional, unificando los beneficios y redefiniendo los criterios de acceso y administración para los hogares que reciben asistencia en los servicios de electricidad y gas.
Con la nueva normativa, quedó eliminado el esquema previo de segmentación en tres niveles de ingresos —N1, N2 y N3— y se estableció una única categoría de usuarios residenciales que requieren subsidio. Los criterios de inclusión y exclusión para acceder al beneficio, así como los porcentajes de bonificación, fueron detallados en los Anexos que acompañan el decreto.
Quiénes acceden al nuevo régimen
Según lo dispuesto, serán beneficiarios del régimen “los hogares inscriptos en el anterior RASE —Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía— o aquellos que se inscriban en el actual ReSEF y cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a un valor equivalente a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un (1) ‘Hogar 2’”, de acuerdo con los parámetros definidos por el Indec.
El nuevo Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) reemplazará al RASE. Los usuarios que ya se encontraban inscriptos no deberán realizar una nueva inscripción, ya que sus datos serán migrados automáticamente al nuevo sistema. No obstante, podrán actualizarlos a través de la plataforma Mi Argentina y solicitar revisiones mediante el sistema de Trámites a Distancia.
Unificación de programas y categorías
El decreto también dispuso la eliminación de programas separados, como el Programa Hogar y la Tarifa Social de Gas, para dar lugar a un régimen único y simplificado. A partir de la implementación del nuevo esquema, solo existirán dos categorías de usuarios: los hogares que reciben asistencia estatal y aquellos que deben afrontar el costo pleno de la energía.
De este modo, el sistema deja atrás la segmentación por niveles de ingresos y concentra la política de subsidios en un único padrón de beneficiarios, con reglas comunes para todos los servicios energéticos alcanzados.
Bonificaciones en electricidad
En el caso de la energía eléctrica, la normativa estableció bloques de consumo base subsidiado. Para los meses de mayor demanda —enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre— el límite será de 300 kWh, mientras que para el resto del año se fijó en 150 kWh.
Sobre esos bloques, la bonificación base cubrirá el 50% del costo de la energía eléctrica. Los consumos que superen los volúmenes establecidos no contarán con subsidio y deberán abonarse a precio pleno.
Gas natural y gas propano
Para el gas natural, se mantienen los bloques de consumo definidos en resoluciones previas, que ahora también se aplicarán al gas propano indiluido por redes. En estos casos, los consumos que excedan los volúmenes máximos subsidiables no recibirán bonificación alguna.
El bloque subsidiado se definirá según la región, conservando los criterios vinculados a las necesidades estacionales vigentes. De esta forma, se sostienen las diferencias regionales en función del clima y los patrones de consumo.
Garrafas y transferencias digitales
En el caso de los usuarios de garrafas y gas propano, el subsidio se transferirá de manera directa a través de billeteras virtuales, como Mercado Pago. El beneficio comprenderá el equivalente a media garrafa por mes durante todo el año, con una adicional en el período invernal.
La Secretaría de Energía tendrá la facultad de implementar mecanismos de descuento o reembolso mediante entidades financieras o plataformas digitales, y de definir la modalidad de percepción del beneficio para los usuarios de gas licuado de petróleo (GLP).
Transición gradual y precios de referencia
La transición hacia el nuevo régimen será gradual. Durante este mes, se aplicará una bonificación extraordinaria del 25% adicional, lo que permitirá alcanzar una cobertura total del 75% en electricidad y del 25% en gas. Este adicional se reducirá de manera progresiva hasta su eliminación hacia fin de año, con el objetivo de evitar aumentos abruptos en las facturas.
En paralelo, el precio mayorista de la electricidad quedará alineado con el valor monómico de generación, estimado en 75 dólares por MWh, mientras que el gas tendrá un precio plano de 3,80 dólares por millón de BTU.
Alcance institucional y autoridad de aplicación
Las bonificaciones previstas en el nuevo esquema también alcanzarán a entidades de bien público, clubes de barrio y de pueblo, y otras organizaciones sin fines de lucro.
En relación con la Tarifa Social Federal de Gas, el decreto establece que, para el gas natural, las bonificaciones solo se aplicarán sobre el precio promedio anual definido por el Plan Gas.Ar. No se subsidiará el costo de abastecimiento correspondiente al gas natural regasificado ni a contratos celebrados fuera de ese marco.
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación del régimen. Entre sus facultades se encuentran la revisión de los volúmenes máximos subsidiables, la actualización de las bases de datos, el dictado de normas complementarias y la coordinación con otros organismos públicos para garantizar la correcta implementación del sistema.
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