Una jueza paraliza la militarizacion de la Guardia Nacional mexicana y el Gobierno disiente
Una jueza mexicana suspendio hoy indefinidamente la transferencia del control de la Guardia Nacional al Ministerio de Defensa y ordeno devolverla a la cartera de Seguridad y Proteccion Ciudadana, lo que constituye un fuerte reves para el presidente
La medida fue adoptada por la magistrada del Noveno Distrito federal, con sede en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, que consideró que la suspensión definitiva debe otorgarse con base a jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia y precedentes de la Corte Interamericana, por lo que ordenó suspender también la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales y devolver los bienes y recursos transferidos hasta ahora.
"Esta suspensión no causa perjuicio al interés social ni al orden público, porque no se obstaculizan las funciones de la Guardia Nacional para llevar a cabo la función de seguridad pública, pues sólo continuará bajo el mando civil, tal como establece la Constitución", refirió la funcionaria judicial.
La decisión constituye un serio traspié para López Obrador, gestor de la creación de la Guardia Nacional y recientemente de su militarización.
La Presidencia y el Ministerio de Defensa argumentaron en un comunicado que la suspensión debía negarse porque la inaplicación de una ley de seguridad pública contraviene el orden social, ya que impide la consolidación de la Guardia Nacional como cuerpo policial permanente, profesional y disciplinado, bajo el control operativo y administrativo de Defensa.
El fallo de la jueza se basó en un recurso de Ángel Castro Gómez, representante de la organización de defensa de Derechos Humanos Uniendo Caminos México, informó el diario Milenio y recogió la agencia de noticias Europa Press.
Castro alegó que el decreto presidencial "potencia el peligro para el libre ejercicio de actividades dirigidas a proteger los derechos humanos, ya que la militarización de la Guardia Nacional genera un efecto inhibidor y amedrentador de libertades sociales como la libre manifestación de ideas, expresión y reunión".
El recurso subraya que la seguridad pública no es de carácter militar, sino "una función del Estado de naturaleza civil a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios de conformidad con el Artículo 21 de la Constitución".
En ese sentido, la jueza recordó que "la Corte Interamericana de Derechos Humanos considera que los Estados deben limitar al máximo el uso de las Fuerzas Armadas para el control de la criminalidad común o violencia interna, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar un objetivo legítimo y no a la protección y control de civiles".
El 13 de este mes, el Congreso aprobó la extensión de la participación de militares en tareas se seguridad, y pocos días antes la ONG Human Rights Watch había cuestionado la "militarización" en México.
(Télam)
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