Intendente de Almirante Brown tomó una medida para proteger a personas con TDA y TGD

Conocé de qué se trata la ordenanza que promulgó el alcalde Mariano Cascallares.

Municipales05 de abril de 2019 Redaccion GLP
El intendente Mariano Cascallares promulgó la Ordenanza N° 11.416 que en su artículo sexto "prohíbe la venta de artificios pirotécnicos que contengan efecto audible de estruendo y/o estampido" en todo el partido de Almirante Brown.

Intendente de Almirante Brown tomó una medida para proteger a personas con TDA y TGD

De ese modo, el jefe comunal resolvió sobre la regulación del uso de pirotecnia en el ámbito del Partido de Almirante Brown a través de una norma que el Ejecutivo envió al Concejo Deliberante donde fue aprobada. El Deliberativo entendió que "corresponde realizar una regulación razonable a la actividad" en línea con lo establecido por la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

En los fundamentos del proyecto de ordenanza ahora promulgado por el intendente Cascallares se indica la necesidad de "concientizar sobre el daño que sufren los ancianos y los bebés y en particular las personas que sufren trastorno del espectro autista (TEA) y Trastorno Generalizado en Desarrollo (TGD) por su sensibilidad auditiva".

En ese marco se reguló la actividad de la pirotecnia prohibiéndose la pirotecnia con efectos audibles de estruendo en el Partido de Almirante Brown.

"Por más inclusión, por más integración rompamos juntos las barreras de estos trastornos que son el TDG y el TEA. La limitación a la venta de pirotecnia sonora va en ese sentido", indicó el jefe comunal.
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