¿Qué pasa si tenés que trabajar el día de la elección?

Conocé todos los detalles en esta nota.

D-Interés 20 de octubre de 2023 Redaccion GLP
Si por razones de trabajo debés estar ocupado durante las horas que dura de acto electoral (entre las 8 y 18 horas), tenés derecho a que tu empleador te autorice a concurrir a votar o a desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario u ulterior recargo de horario.

¿Cómo votan las personas que forman parte del Comando General Electoral?

El personal afectado al Comando General Electoral podrá emitir su voto siempre y cuando se encuentre empadronado en la mesa de votación. Puede estar registrado como una electora o elector más o señalizado con un color especial.

Si en el padrón de la mesa aparece señalizado con un color especial, la autoridad de mesa le debe entregar firmados dos sobres: el sobre de votación y otro denominado “sobre cubierta” con la leyenda “voto Comando Electoral”.

En el cuarto oscuro, debe colocar la opción electoral que elija dentro del sobre de votación y éste dentro del “sobre cubierta”, para luego introducirlo en la urna.
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